viernes, 27 de abril de 2012

El flufenoxurón no es autorizado en la UE como biocida del tipo 18

ue-logoEl flufenoxurón no ha sido autorizado por la CE para su uso y comercialización en la UE como sustancia activa biocida en productos del tipo 18(insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos). La evaluación de la sustancia mostró riesgos inadmisibles para el compartimento acuático, además de ser muy persistente,  muy bioacumulable y tóxico.


pdfDECISIÓN DE LA COMISIÓN de 9 de febrero de 2012 relativa a la no inclusión del flufenoxurón para el tipo de producto 18 en los anexos I, IA o IB de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la comercialización de biocidas.

Tras la presentación, por parte de Francia, de un informe técnico sobre la sustancia para su inclusión en los anexos de la Directiva de Biocidas, el flufe­noxurón ha sido evaluado para su uso en el tipo de producto 18, insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos, conforme a la definición del anexo V de dicha Directiva.
La evaluación de riesgos para los compartimentos am­bientales objeto de estudio, llevada a cabo con un planteamiento realista, ha demostrado efectos inadmisi­bles para el compartimento acuático. Además, las carac­terísticas del flufenoxurón lo hacen persistente, bioacu­mulable y tóxico, así como muy persistente y muy bioa­cumulable, de conformidad con los criterios establecidos en el anexo XIII del Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (3).
Por consiguiente, no procede incluir en los anexos I, IA o IB de la Directiva 98/8/CE el flufenoxurón para su uso en el tipo de producto 18.
Los biocidas del tipo de producto 18 que conten­gan flufenoxurón dejarán de comercializarse con efectos a partir del 1 de agosto de 2012.

Publicado en Higiene Ambiental el Mar, 21/Feb/2012

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