viernes, 31 de mayo de 2013

El mosquito tigre se ha establecido en Mallorca

El mosquito tigre (Aedes albopictus) continua su expansión por el territorio español. Un estudio realizado en Mallorca muestra que la especie ya está establecida en la isla, aunque sólo localmente. Los autores recomiendan tomar rápidamente medidas de control para evitar que el mosquito colonice todo el territorio mallorquín.






Desde la localización inicial del mosquito tigre en España en 2004, en Sant Cugat (Catalunya), la especie se ha extendido a lo largo de la costa este de la Península Ibérica hasta Murcia.

Ahora Aedes albopictus ha hecho el salto hasta el archipielago Balear y, aunque los expertos no han podido identificar la via de introducción del insecto en Mallorca, si que han podido comprobar su presencia y establecimiento en el territorio mallorquín.

Científicos del Laboratorio de Zoología de la Universidad de las Islas Baleares y del departamento de Patologia Animal de la Universidad de Zaragoza han publicado en el Journal of the European Mosquito Control Association  un estudio, realizado entre septiembre y noviembre de 2012, en el que han detectado la expansión del mosquito en una superficie de 85 km2 de la isla.

El estudio se realizó siguiendo las directrices establecidas por el Centro Europeo de Prevención y Control de Enfermedades (ECDC) en su guia publicada en 2012 Guía para la vigilancia de mosquitos invasores en Europa .

Tras identificarse los primeros mosquitos tigre adultos en Mallorca, en septiembre de 2012, en la localidad de Bunyola, se colocaron rápidamente trampas de CO2 y ovitrampas en un radio de 4 km del foco detectado. Una semana después dos municipios dieron positivo a la presencia de huevos de Aedes albopictus.

La colocación de casi 300 ovitrampas en 21 municipios permitió monitorizar la expansión del mosquito, cuya presencia fue confirmada en 5 municipios. 

                      

Distribución de Aedes albopictus en Mallorca. El mapa muestra los municipios monitorizados y en los que se detectaron huevos de la especie entre septiembre y noviembre de 2012.

 La via de introducción del mosquito en la isla permanece una incógnita, ya que el programa nacional de monitorización de vectores, que se lleva a cabo en el puerto y aeropuerto de Palma desde 2009, no ha detectado la presencia del mosquito en estas dos posibles vias de acceso.

El estudio concluye el establecimiento de la especie en Mallorca pero sólo localmente. Para evitar la expansión a la totalidad de la isla, los autores recomiendan la implementación de medidas efectivas de control que permitan la erradicación del mosquito tigre en la isla.

Aedes albopictus es una especie invasora originaria de Asia que está establecida en 15 países europeos, incluyendo Italia, Francia y España, y ha sido detectada en otros, como Bélgica, Alemania y Paises Bajos.

El comercio de mercancias ha facilitado la expansión global de la especie, vector de los virus del dengue y Chikungunya en zonas tropicales y templadas, por el transporte de sus huevos, resistentes a la falta de agua.

La abundancia y variedad de sitios de oviposición adecuados (baldes, floreros, tambores, etc) en las zonas urbanas y peri-urbanas facilitan la propagación de esta especie de mosquito y obstaculiza las medidas de control una vez que coloniza un área nueva.

Artículo original:

Margalida Miquel, Ricardo del Río, David Borràs, Carlos Barceló, Claudia Paredes Esquivel, Javier Lucientes, Miguel Ángel Miranda: First detection of Aedes albopictus (Diptera: Culicidae) in the Balearic Islands (Spain)and assessment of its establishment according to the ECDC guidelines, Journal of the European Mosquito Control Association, 2013 http://e-m-b.org/sites/e-m-b.org/files/EMB%2831%298-11.pdf


Publicado en Higiene Ambiental, el viernes 31 de mayo de 2013

miércoles, 29 de mayo de 2013

Publicado el Reglamento que restringe el uso de clotianidina, tiametoxam e imidacloprid para proteger a las abejas

La CE ha publicado el Reglamento que restringe el uso de las sustancias activas insecticidas clotianidina, tiametoxam e imidacloprid y prohibe el uso y la venta de semillas tratadas con fitosanitarios que las contengan. Este Reglamento tiene por objetivo la protección de las poblaciones de abejas, de acuerdo a nueva información científica sobre los efectos subletales de los neonicotinoides en las abejas.



Reglamento de Ejecución (UE) nº 485/2013 de la Comisión, de 24 de mayo de 2013, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) nº 540/2011 en lo relativo a las condiciones de aprobación de las sustancias activas clotianidina, tiametoxam e imidacloprid, y se prohíben el uso y la venta de semillas tratadas con productos fitosanitarios que las contengan. http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:139:0012:0026:ES:PDF


En la primavera de 2012 se dió a conocer nueva información científica sobre los efectos subletales de los insecticidas neonicotinoides en las abejas, por lo que la Comisión Europea solicitó a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) la evaluación de los nuevos datos y la revisión de los riesgos para estos insectos.

En los estudios realizados, EFSA identificó para determinados cultivos un riesgo agudo elevado para las abejas derivado de los productos fitosanitarios que contienen las sustancias ac­tivas clotianidina, tiametoxam o imidacloprid.


En particular, se detectaron riesgos agudos elevados para las abejas deriva­dos de la exposición al polvo, en algunos cultivos, de la ingesta de residuos presentes en polen y néctar contami­nados, en otros, y de la exposición a la gutación, en el caso del maíz. Además, no pueden excluirse riesgos ina­ceptables debidos a los efectos agudos o crónicos de estas sustancias activas para la supervivencia y el desarrollo de las colonias, en el caso de varios cultivos.

En base a estos resultados,  la Comisión Europea ha decidido aplicar nuevas restricciones al uso de la clotianidina, tiametoxam e imidacloprid para descartar el alto riesgo para la población apícola.

La nueva reglamentación establece que el uso de productos fitosanitarios que contengan clotianidina, tiametoxam o imidacloprid seran sólo para usuarios profesionales.

Se prohibe el uso de fitosanitarios que contengan estas sustancias activas en el tratamiento de las semillas y del suelo en cultivos atractivos para las abejas y en los ce­reales, excepto los usos en invernaderos y con cereales de invierno.

Asimismo, los tratamientos foliares con estas tres sustancias quedan prohibidos en cultivos atractivos para las abejas y en los cereales, excepto los usos en invernaderos y los usos después de la floración. (Los cultivos que se cosechan antes de la floración no se consideran atractivos para las abejas.)

Abeja melífera. (foto tomada de Flickr)


Disposiciones específicas para la autorización de la clotianidina, el tiametoxam y el imidacloprid:
Solo podrán autorizarse los usos profesionales como insecticida.
No se autorizarán los usos como tratamiento de las semillas o del suelo para los siguientes cereales, cuando se siembren de enero a junio: cebada, mijo, avena, arroz, centeno, sorgo, tritical y trigo.
No se autorizarán los tratamientos foliares de los siguientes cereales: cebada, mijo, avena, arroz, centeno, sorgo, tritical y trigo.
No se autorizarán los usos como tratamiento de semillas, tratamiento del suelo o aplicación foliar para los siguientes cultivos, con excepción de los usos en invernaderos y los tratamientos foliares después de la floración:
adormidera (Papaver somniferum) aguacate (Persea americana) albaricoque (Prunus armeniaca) alfalfa (Medicago sativa) alfóncigo (Pistacia vera) alforfón (Fagopyrum esculentum) algarroba (Ceratonia siliqua) algodón (Gossypium spp.) almendra (Prunus amygdalus; P. communis; Amygdalus communis) altramuz (Lupinus spp.) anís (Pimpinella anisum); badiana o anís estrellado (Illicium verum); alcaravea (Carum carvi); cilantro (Coriandrum sativum); comino (Cuminum cyminum); hinojo (Foeniculum vulgare); bayas de enebro (Juniperus communis) arándano rojo (Vaccinium macrocarpon); arándano europeo (Vaccinium oxycoccus) avellana (Corylus avellana) cacahuete o maní (Arachis hypogaea) café (Coffea spp. arabica, robusta, liberica) calabaza  calabacín y calabaza de meollo (Cucurbita spp.) cáñamo (Cannabis sativa) caqui (Diospyros kaki; D. virginiana) cártamo (Carthamus tinctorius) castaña (Castanea spp.) cereza (Prunus avium) ciruelas y endrinas: reina claudia, mirabel, damascena (Prunus domestica); endrina (P. spinosa) colza (Brassica napus var. oleifera) dátil (Phoenix dactylifera) escorzonera (Scorzonera hispanica) especias: laurel (Laurus nobilis); eneldo (Anethum graveolens); alholva (Trigonella foenum-graecum); azafrán (Crocus sativus); tomillo (Thymus vulgaris); cúrcuma (Curcuma longa) frambuesa (Rubus idaeus) fresa (Fragaria spp.)garbanzo (Cicer arietinum) girasol (Helianthus annuus) grosella espinosa (Ribes uva-crispa) grosella negra (Ribes nigrum); grosella roja y blanca (R. rubrum) guindilla (Capsicum frutescens; C. annuum); pimienta de Jamaica (Pimenta officinalis) guisantes: cultivado (Pisum sativum); bisalto (P. arvense) haba (Vicia faba var. major; var. equina; var. minor) judía (Phaseolus spp.) judía de careta (Vigna unguiculata) kiwi (Actinidia chinensis) leguminosas: loto de los prados, loto corniculado (Lotus corniculatus); tréboldel Japón (Lespedeza spp.); kudzu (Pueraria lobata); sesbania (Sesbania spp.); pipirigallo o esparceta (Onobrychis sativa); zulla (Hedysarum coronarium) lenteja (Lens esculenta; Ervum lens) limones y limas: limón (Citrus limon); limón ácido (C. aurantiifolia); limón dulce (C. limetta) lino (Linum usitatissimum) maíz (Zea mays) manzana (Malus pumila; M. sylvestris; M. communis; Pyrus malus) melocotón y nectarina (Prunus persica; Amygdalus persica; Persica laevis) melón (Cucumis melo) melón (Cucumis melo) membrillo (Cydonia oblonga; C. vulgaris; C. japonica) menta (Mentha spp.: M. piperita) mirtilo o arándano (Vaccinium myrtillus); arándano americano (V. corymbosum) mostaza: mostaza blanca (Brassica alba; B. hirta; Sinapis alba); mostaza negra (Brassica nigra; Sinapis nigra) nabo y nabina (Brassica rapa var. rapifera y oleifera spp.) naranjas: naranja dulce (Citrus sinensis); naranja amarga (C. aurantium) nuez (Juglans spp.: J. regia) ocra (Abelmoschus esculentus); quingombó (Hibiscus esculentus) oliva (Olea europaea) pepino (Cucumis sativus) pera (Pyrus communis) piretro (Chrysanthemum cinerariifolium) plátano (Musa sapientum; M. cavendishii; M. nana) pomelo (Citrus paradisi) ricino (R osa japonesa (Rosa rugosa) sandía (Citrullus vulgaris) saúco (Sambucus nigra) serradella/trébol de cuernos (Ornithopus sativus) sésamo (Sesamum indicum) soja (Glycine soja) tangerina (Citrus tangerina); mandarina (Citrus reticulata); clementina (C. unshiu) trébol (Trifolium spp.) uva (Vitis vinifera) veza (Vicia sativa) zarzamora (Rubus fruticosus) plantas ornamentales que florecen en el año del tratamiento.


Semillas con uso y comercialización prohibidos
Se prohíbe el uso y la comercialización de las siguientes semillas tratadas con productos fitosanitarios que contengan clotianidina, tiametoxam o imidacloprid: cebada, mijo, avena, arroz, centeno, sorgo, tritical y trigo cuando vayan a sembrarse de enero a junio.
adormidera (Papaver somniferum) alfalfa (Medicago sativa) alforfón (Fagopyrum esculentum) algodón (Gossypium spp.) altramuz (Lupinus spp.) anís (Pimpinella anisum); badiana o anís estrellado (Illicium verum); alcaravea (Carum carvi); cilantro (Coriandrum sativum); comino (Cuminum cyminum); hinojo (Foeniculum vulgare); bayas de enebro (Juniperus communis) cacahuete o maní (Arachis hypogaea) café (Coffea spp. arabica, robusta, liberica) calabaza (zapallo), calabacín y calabaza de meollo (Cucurbita spp.) cáñamo (Cannabis sativa) cártamo (Carthamus tinctorius) colza (Brassica napus var. oleifera) especias: laurel (Laurus nobilis); eneldo (Anethum graveolens); alholva (Trigonella foenum-graecum); azafrán (Crocus sativus); fresa (Fragaria spp.) garbanzo (Cicer arietinum) girasol (Helianthus annuus) guindilla (Capsicum frutescens; C. annuum); pimienta de Jamaica (Pimenta officinalis) guisantes: cultivado (Pisum sativum); bisalto (P. arvense) haba (Vicia faba var. major; var. equina; var. minor) judía (Phaseolus spp.) judía de careta (Vigna unguiculata) leguminosas: loto de los prados, loto corniculado (Lotus corniculatus); trébol del Japón (Lespedeza spp.); kudzu (Pueraria lobata); sesbania (Sesbania spp.); pipirigallo o esparceta (Onobrychis sativa); zulla (Hedysarum coronarium) lenteja (Lens esculenta; Ervum lens) lino (Linum usitatissimum) maíz (Zea mays) melón (Cucumis melo) menta (Mentha spp.: M. piperita) mostaza: mostaza blanca (Brassica alba; B. hirta; Sinapis alba); mostaza negra (Brassica nigra; Sinapis nigra) nabo y nabina (Brassica rapa var. rapifera y oleifera spp.) ocra (Abelmoschus esculentus); quingombó (Hibiscus esculentus) pepino (Cucumis sativus)piretro (Chrysanthemum cinerariifolium) ricino (Ricinus communis) sandía (Citrullus vulgaris) sésamo (Sesamum indicum) soja (Glycine soja) trébol (Trifolium spp.) veza (Vicia sativa) plantas ornamentales que florecen en el año del tratamiento.
No se usarán ni comercializarán las semillas de los cultivos enumerados que hayan sido tratadas con produc­tos fitosanitarios que contengan clotianidina, tiametoxam o imi­dacloprid, con excepción de las semillas usadas en invernaderos.


Entrada en vigor del Reglamento
Disposiciones transitorias: los Estados miembros deberán modificar o retirar, si es necesario, las autorizaciones vigentes de productos fitosanitarios que contengan las sustancias activas clotianidina, tiametoxam o imidacloprid, a más tardar el 30 de septiembre de 2013.
Período de gracia: Todo período de gracia concedido por los Estados será lo más breve posible y expirará, a más tardar, el 30 de noviembre de 2013.
Entrada en vigor: El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, y será aplicable a partir de ese día. No obstante, el artículo 2 ( Prohibición de comercialización de las semillas tratadas) será aplicable a partir del 1 de diciembre de 2013.


Publicado en Higiene Ambiental, el miércoles 29 de mayo de 2013

martes, 28 de mayo de 2013

Cómo las cucarachas han desarrollado aversión a los cebos con glucosa.

La plasticidad del sistema sensorial de las cucarachas para evolucionar y adaptarse a los cambios ambientales ha impresionado a científicos de la Universidad de Carolina del Norte, que han estudiado cómo algunas poblaciones de estos insectos han cambiado sus receptores del gusto para que la glucosa, ingrediente usado como atrayente en cebos, les resulte amarga y les repela.


La capacidad de adaptación de las cucarachas y sus trucos evolutivos para sobrevivir parece no tener limites. Cientificos en EEUU quedaron sorprendidos al comprobar cómo algunas poblaciones de cucarachas han sido capaces de desarrollar una defensa simple y muy eficaz contra los cebos envenenados con sabor dulce: un cambio en su química interna hace posible que la glucosa, una forma de azúcar atrayente para infinidad de formas de vida, tenga un gusto amargo para ellas.

La aversión de ciertas poblaciones de cucarachas de la especie Blattella germanica a los cebos tratados con glucosa, que se supone que debe atraerlas, es un fenómeno conocido desde principio de los años 90, poco después de que los profesionales del control de plagas empezaran a utilizar trampas con cebos conteniendo glucosa e insecticida en lugar de sprays, como método principal para combatir a las cucarachas.

La industria del control de plagas solucionó el problema desarrollando nuevos cebos, pero el cambio en el comportamiento de estas cucarachas,  ubicuas en edificios  y estructuras humanas, se convirtió en un enigma.

Ayako Wada-Katsumata, Jules Silverman y Coby Schal, científicos de la North Carolina State University describen en un estudio publicado en la revista Science la explicación a este fenómeno.

La industria del control de plagas necesita desarrollar constantemente nuevos venenos, ya que las cucarachas y otras plagas se vuelven resistentes a sus efectos. No obstante, en este caso el problema no es un veneno que deje de ser eficaz, sino que ciertas cucarachas eviten cualquier cebo que contenga glucosa. El estudio muestra que este comportamiento es heredado, y no algo aprendido por un individuo de la especie durante su breve vida.

En lugar de papilas gustativas, las cucarachas poseen pelos, con los que perciben el gusto, en diversas partes de su cuerpo. Los investigadores de Carolina se concentraron en estudiar los pelos situados en el área alrededor de la boca y dos tipos de células nerviosas que perciben sabores y responden emitiendo señales eléctricas al cerebro. Uno de estos tipos de células responde sólo a azúcares y otras sustancias dulces, mientras que el otro sólo responde a sustancias amargas.



Cuando una molécula de algo dulce entra en contacto con un detector del dulce, este dispara impulsos eléctricos y el cerebro de la cucaracha percibe dulzor, incitándola a comer. Lo mismo sucede con los detectores de sustancias amargas, que hacen que la cucaracha evite esa sustancia.

Pero, de algún modo, las cucarachas han conseguido cambiar, de manera que la glucosa activa sus detectores de sustancias amargas y, cuando la prueban, la repelen porque les sabe amarga.

El próximo paso es desvelar los detalles de la mutación genética que origina este comportamiento. Por el momento, se halló una mutación que ubica un receptor de glucosa en las neuronas detectoras de sustancias amargas, dando al azúcar sabor amargo para la cucaracha.

De hecho, este estudio podría ser interesante más allá del control de las cucarachas y ayudar a explicar los cambios de comportamiento en mosquitos portadores de la malaria. Por ejemplo, porqué algunos mosquitos ya no se posan en paredes tratadas con insecticidas, sino que tienden a posarse en los techos o en las paredes exteriores no tratadas, es un comportamiento del que se desconoce  el mecanismo neuronal responsable.



Fuente: New York Times

Foto: Ayako Wada-Katsumata and Andrew Ernst


Publicado en Higiene Ambiental, el martes 28 de mayo de 2013

domingo, 26 de mayo de 2013

La sustancia activa clorfenapir ha sido evaluada y aprobada por la CE para su uso en productos biocidas del tipo 8; protectores para made­ras.


La sustancia activa  clorfenapir ha sido evaluada y aprobada por la CE para su uso en productos biocidas del tipo 8; protectores para made­ras. A través de la Directiva 2013/27/UE de la Comisión, esta sustancia queda incluida en el Anexo I de la Directiva 98/8/CE, y podrá seguir comercializándose para el uso evaluado.





CONDICIONES DE INCLUSIÓN DEL CLORFENAPIR en el Anexo I de la Directiva 98/8/CE:

Tipo de biocida: tipo de producto 8, protectores para made­ras
Pureza mínima de la sustancia activa en el biocida comercializado: 940 g/kg
Fecha de inclusión: 1 de mayo de 2015
Fecha de vencimiento de la inclusión: 30 de abril de 2025
Disposiciones específicas:

La evaluación de riesgos a escala de la Unión no consideró todos los usos y los supuestos de exposi­ción posibles. Los Estados miembros evaluarán los usos o los supuestos de exposición y los riesgos que no se hayan abordado de forma representativa en la evaluación del riesgo a escala de la Unión.
Para los usuarios industriales o profesionales se establecerán procedimientos operativos seguros y los biocidas se utilizarán con el equipo de pro­tección individual adecuado.
Los biocidas que contengan clorfenapir no estarán autorizados para usuarios no profesionales.
En las etiquetas y en las fichas de datos de seguridad de los biocidas autorizados se indicará que la aplicación industrial o profesional debe efectuarse dentro de un área confinada o en una superficie dura e impermeable con barreras de protección, que la madera recién tratada debe almacenarse, tras el tratamiento, en una superficie dura e impermeable para evitar derrames directos al suelo o al agua, y que las pérdidas que se produzcan durante la aplicación deben recogerse para su reutilización o eliminación.
No se autorizará el uso de los biocidas para el tratamiento de la madera que vaya a utilizarse al aire libre.


Publicado en Higiene Ambiental, el viernes 24 de mayo de 2013


DIRECTIVA 2013/27/UE DE LA COMISIÓN de 17 de mayo de 2013
por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya el clorfenapir como sustancia activa en su anexo: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:135:0010:0013:ES:PDF 

La desratización tecnológica y sin biocidas que llegó de Dinamarca.


¿Se puede controlar la población de roedores sin biocidas y de forma eficiente en areas sensibles e incluso difíciles como alcantarillado? La respuesta es sí, cuando la tecnología se alía con la lucha integrada para el control de plagas. Sanitrade nos lo explica.


La desratización tecnológica y sin biocidas que llegó de Dinamarca

Así piensan en Dinamarca donde el 70% de los municipios ya utilizan las trampas inteligentes de Wisecon. Estas trampas se utilizan tanto para ratas en alcantarillado, WiseTrap®, como en superficie, WiseBox®, y matan el 90-100% de las ratas que pasan por ellas sin el uso de productos químicos y sin alterar el comportamiento de las ratas.

Sanitrade ha empezado a distribuir desde principios de año este sistema ampliamente implantado en Europa. En palabras de Francisco Rodriguez, su director, "supone un nuevo escalón en la lucha integrada de control de plagas, en la tendencia de buscar alternativas a los productos químicos y ofrece resultados medibles al cliente final, puesto que permite gestionar desde una aplicación web todas las trampas, informando sobre la localización de cada trampa mediante GPS, roedores eliminados, el nivel de batería, incidencias, averias, etc."




El sistema es muy sencillo: se estudia el área a tratar con cámara de infrarrojos para documentar la actividad de roedores, y basado en ese plan se posicionan las trampas.

WiseTrap® se coloca directamente en la alcantarilla y detecta las ratas que pasan por la tubería mediante sensores. El comportamiento de la rata no se ve afectada por la trampa que mata a un 90-100% de las ratas que pasan por él. La trampa es totalmente automática, funciona sin cebo, y no requiere mantenimiento especial.
WiseBox® es una trampa de superficie que funciona por electrocución para la captura múltiple y con una capacidad de hasta 10 ratas. Se sitúa tanto en el interior como en el exterior de los edificios, en las rutas fijas de las ratas. La trampa aprovecha el instinto de las ratas de buscar seguridad en agujeros.
Con una planificación eficaz es posible alcanzar objetivos muy ambiciosos para el control de roedores. De hecho, el objetivo de las trampas en alcantarillado es definir un área a tratar, eliminar todos los roedores en esa área y evitar que vuelva a ser re-infestada mediante la colocación estratégica de las trampas.




La experiencia de años en municipios, hospitales, empresas de la industria alimenticia, comunidades de vecinos, etc. demuestra que la implantación de las trampas WiseTrap® y WiseBox®, funciona.

WiseCon A/S es una empresa danesa líder mundial en el sector de la desratización tecnológica. Sus productos se utilizan en países de todo el mundo.

Sanitrade  es una empresa distribuidora de productos para Sanidad Ambiental y Control de Plagas con 20 años en el mercado español. Con la inclusión del sistema Wisebox en su catálogo complementa su amplia oferta para control de roedores que ya incluye rodenticidas a base de difetialona, bromadiolona, brodifacoum, difenacoum y flocoumafén.

Publicado en Higiene Ambiental, el viernes 17 de mayo de 2013


Para más información:
Preguntar por Antonio Olivares 629 661 094 aolivares@sanitrade.es


o directamente a sanitrade@sanitrade.es
o a la página web: www.sanitrade.es

martes, 14 de mayo de 2013

Enfermedades de declaración obligatoria en Estados Unidos de América

Buscando el Loyola Medicine me ha aparecido un listado de las enfermedades de declaración obligatoria en Estados Unidos de América que pueden ser transmitidas por insectos y otros animales de interés en el Control de Plagas: http://loyolauniversity.adam.com/content.aspx?productId=102&pid=5&gid=001929

Sigo el orden de dicha información.

Salmonelosis (transmitida por la bacteria Salmonella): http://loyolauniversity.adam.com/content.aspx?productId=102&pid=5&gid=000294

Carbunco (transmitida por ganado): http://loyolauniversity.adam.com/content.aspx?productId=102&pid=5&gid=001325

Virus del Nilo Occidental (transmitida por mosquitos): http://loyolauniversity.adam.com/content.aspx?productId=102&pid=5&gid=007186

Brucelosis (transmitida por animales portadores de la bacteria): http://loyolauniversity.adam.com/content.aspx?productId=102&pid=5&gid=000597

Malaria (transmitida por mosquitos): http://loyolauniversity.adam.com/content.aspx?productId=102&pid=5&gid=000621

Peste (transmitida por ratas): http://loyolauniversity.adam.com/content.aspx?productId=102&pid=5&gid=000596

Una rata negra Rattus rattus causante de la peste bubónica durante la Edad Media (foto de internet)


Rabia (transmitida por animales infestados): http://loyolauniversity.adam.com/content.aspx?productId=102&pid=5&gid=001334

Fiebre maculosa de las Montañas Rocosas (transmitidas por garrapatas): http://loyolauniversity.adam.com/content.aspx?productId=102&pid=5&gid=000654

Triquinosis (transmitida por carne mal cocida que contiene quistes): http://loyolauniversity.adam.com/content.aspx?productId=102&pid=5&gid=000631

Tularemia (transmitida por garrapatas, moscas y mosquitos): http://loyolauniversity.adam.com/content.aspx?productId=102&pid=5&gid=000856

Fiebre Amarilla (transmitida por insectos zancudos): http://loyolauniversity.adam.com/content.aspx?productId=102&pid=5&gid=001365

Fiebre Q (transmitida por ganado y gastas parturientas): http://es.wikipedia.org/wiki/Fiebre_Q

Fiebre tifoidea (transmitida por la Salmonella typhi y la Salmonella para typhi): http://es.wikipedia.org/wiki/Fiebre_tifoidea

Página principal de Loyola Medicine: http://loyolamedicine.org/



Las chinches de cama invaden hospitales.


¿Por qué más pacientes comparten habitaciones con las plagas chupadoras de sangre?
Por Jen Wieczner

Foto publicada en higieneambiental.com


Como si la adaptación a la reforma de salud y poner freno a las “bacterias pesadilla” no fueran suficiente desafío, los hospitales están cada vez más plagados de otro problema: las chinches.

Más de un tercio de las empresas de control de plagas trataron infestaciones de chinches en los hospitales en 2012, un 6% más que el año anterior y más del doble que en 2010, según una encuesta publicada hoy por la Asociación Nacional de Manejo de Plagas. El porcentaje de exterminadores que trata chinches en los hogares de ancianos también casi se ha duplicado desde 2010, hasta el 46%. Los expertos en chinches también reportan haberlas visto en ambulancias.

Los hospitales ya están tomando medidas enérgicas contra cualquier cosa que pueda aumentar el riesgo de infecciones de los pacientes, que no sólo puede ser mortal, sino también puede conducir a más reingresos y la reducción de fondos federales bajo la Ley de Cuidado de Salud Asequible. Si bien no se ha encontrado que las chinches transmitan infecciones a los seres humanos, dejan picaduras de picazón después de alimentarse de la sangre de las personas, lo que puede conducir a infecciones secundarias cuando las víctimas se rascan y se abren a las bacterias. Esto es especialmente problemático en los hospitales, donde hay una mayor probabilidad de contraer la altamente potente y contagiosa infección por estafilococos conocida como MRSA, dice el Dr. Jorge Parada, director médico de prevención de la infección y el programa de control del Loyola University Health System en Chicago. “No es necesario un ingrediente más para aumentar el riesgo de infecciones en el hospital”, dice.

Aunque los hospitales están poniendo un mayor énfasis en la limpieza estricta y los protocolos de esterilización, las chinches siguen llegando a través de los muchos pacientes y visitantes que entran y salen de sus salas de emergencia y las salas de espera. “Nunca sabemos cuando alguien podría aparecer con chinches”, dice Parada.

“Ningún paciente va a ver con buenos ojos un hospital que ha tenido una plaga de chinches.”

Dr. Jorge Parada, Loyola University Chicago

La alta incidencia de chinches en los hogares de ancianos también es preocupante, añade, porque los hospitales reciben muchas transferencias de este tipo de instalaciones, y las personas de edad avanzada a menudo no muestran los mismos signos de chinches –lesiones rojas, hinchazón, picazón – que otros pacientes: “Es una mala señal de que es un problema.”

Para asegurarse, dicen los expertos, eres siendo más propenso a contraer otros tipos de insectos en los hospitales de lo que eres para conseguir chinches, y no son una emergencia médica como serían otras complicaciones, dice Missy Henriksen del Pest Nacional Management Association. Dicho esto, si las chinches se convierten en un problema en el hospital, pueden ser una molestia persistente. “Las chinches, y en particular los huevos de chinches, son aún más difíciles de matar que las esporas de las bacterias“, dice el Dr. Dick Zoutman, profesor y especialista en enfermedades infecciosas en la Universidad de Queen en Ontario, Canadá. “Yo no habría pensado que ese sea el caso.”

Las Chinches Invaden Los Hospitales De Estados Unidos


Más de un tercio de las empresas de control de plagas en los EE.UU. fueron llamados por los hospitales en el año 2012 para exterminar chinches, según un nuevo estudio realizado por la Asociación Nacional de Manejo de Plagas. informes de Jim Jelter de MarketWatch.

Zoutman ayudó a desarrollar un nuevo sistema de esterilización del hospital que puede matar a las bacterias altamente resistentes a los fármacos así como chinches. La tecnología de esterilización, comercializada como AsepticSure con sede en San Francisco Medizone International – una empresa con acciones que no cotizan en bolsa como MZEI.OB y MZEI.QB – utiliza gas para erradicar efectivamente el 100% de las bacterias en menos de una hora, de acuerdo a la empresa. Medizone sólo comenzó a distribuir su nueva tecnología de desinfección en hospitales canadienses a principios de este mes, y está buscando también la aprobación para su comercialización en los EE.UU.

Pero Zoutman, que ahora es director médico de Medizone, dice que en las pruebas, el sistema tuvo un máximo de 24 horas para matar las chinches, y hasta 36 horas para matar a sus huevos. Dice que Medizone está trabajando para adaptar el sistema para matar a las chinches de manera más rápida y eficaz, tanto para los hospitales como también otros lugares.

Avances como estos son bienvenidos con entusiasmo en los hospitales, pero por ahora, los exterminadores son la única opción realista para hacer frente a una invasión de plagas. “Ninguno de los pacientes”, dice Parada, “va a ver con buenos ojos un hospital que ha tenido una plaga de chinches.”


Publicado en Las Chinches de cama por David Mora, el martes 12 de mayo de 2013:



 Actualmente existe una cierta confusión en el entorno alimentario sobre las necesidades de formación de la gente que realiza operaciones de limpieza y desinfección periódicas, por ello hemos decidido publicar este artículo con el ánimo de esclarecer las cosas, veremos si lo conseguimos.



FORMACIÓN NECESARIA PARA LA LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA
Por Jordi Tapias Oller

Para empezar podemos hablar de un antes y un después (ahora) de la publicación del Real Decreto 830/2010 de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas.
(Clica para descargarte el RD)

El antes:

La formación requerida para la utilización de biocidas (desinfectantes, detergentes desinfectantes, raticidas, insecticidas etc.) estaba regulada por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 8 de marzo de 1994, donde se especificaba la necesidad de obtener los carnés DDD cualificado o DDD básico en función de la responsabilidad del operario, con cursos regulados por las comunidades autónomas, de acuerdo con un temario establecido en la Orden.

Estos requerimientos formativos estaban orientados a los técnicos de control de plagas y no a técnicos/operarios de limpieza y desinfección de entornos alimentarios.

Hoy este decreto queda derogado por el RD 830/2010. De todas formas, se siguen realizando algunas ediciones de estos cursos puesto que se estipula un periodo transitorio (Véase disposición transitoria primera. Validez de los carnés actuales del RD 830/2010).

Después (ahora):

El cambio más importante de la nueva normativa es la diferenciación y clasificación de los biocidas según su uso y en consecuencia la formación requerida asociada a cada uno de estos usos.

Debe quedar claro que los carnés DDD tienen fecha de caducidad y únicamente afectan a los técnicos operarios de servicios de control de plagas y desinfección.

La cuestión es que para el entorno alimentario, hoy, la formación necesaria debe encuadrarse en otro marco que viene determinado por la nueva clasificación a la que hace referencia el susodicho RD 830/2010, Artículo 2, donde tenemos tres tipos de biocidas, veamos las definiciones:

"Biocidas de uso por el público en general:
productos autorizados para este uso en la Resolución de Inscripción en el Registro Oficial de Biocidas, para aplicación en ámbitos domésticos "

El comentario: No requieren formación, son únicamente para ámbitos domésticos y en ningún caso para ámbitos laborales.            
 "Biocidas de uso por personal profesional especializado:
productos autorizados para este uso en la Resolución de Inscripción en el Registro Oficial de Biocidas."
El comentario: Este tipo de biocidas son a los que realmente afecta este Real Decreto (véase artículo 1 punto 2), por lo que la formación que especifica es aplicable solamente a los profesionales que aplican este tipo de productos. Profesionales especialistas en Control de Plagas y Desinfección. Estos técnicos, que hasta ahora disponían del carné DDD básico o cualificado, disponen de un margen de tiempo para adecuarse a la nueva normativa y por lo tanto acreditar la formación profesional correspondiente, certificados de profesionalidad a través de los procesos de acreditación, título FP, o el título universitario relacionado con la sanidad ambiental.

"Biocidas de uso por personal profesional:
productos autorizados para este uso en la Resolución de Inscripción en el Registro Oficial de Biocidas, para uso en el ámbito laboral."
El comentario: este tipo de productos son los que deberían utilizarse en el entorno laboral alimentario por las personas que llevan a cabo las operaciones de limpieza y desinfección diarias.

Por lo tanto, este tipo de productos de higiene no están sujetos ni a los antiguos carnés DDD ni a la formación que establece el RD 830/2010, pero sí se especifica que las personas que manejan estos productos deben tener nociones, es decir, formación sobre los productos químicos utilizados, su uso relativo a la seguridad, equipos de protección individual, etc.

Publicado en Higiene Ambiental, el martes 14 de mayo de 2013

Si quiere consultar el Real Decreto 830/2010 de 25 junio de 2010, publicado en el BOE de 15 de julio de 2010: http://www.boe.es/boe/dias/2010/07/14/pdfs/BOE-A-2010-11157.pdf

Si está interesado en la realización de estos cursos de Formación necesaria para la limpieza u desinfección en la industria alimentaria desarrollados por Higiene Ambiental tanto de tipo presencial como por internet: http://www.higieneambiental.com/higiene-alimentaria/formacion-necesaria-limpieza-desinfeccion-industria-alimentaria

Procedimiento de autorización de biocidas idénticos a otros ya registrados


Ha sido publicado en el DOUE el Reglamento (UE) 414/2013, que establece el procedimiento a seguir en caso de solicitar la autorización de un biocida que es idéntico a otro biocida, o familia de biocidas, ya autorizado o registrado. Este Reglamento, igual que el nuevo Reglamento (UE) no 528/2012, relativo a comercialización y uso de biocidas, aplicará el próximo 1 de septiembre de 2013.



REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 414/2013 DE LA COMISIÓN de 6 de mayo de 2013 por el que se especifica un procedimiento para la autorización de unos mismos biocidas con arreglo al Reglamento (UE) no 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:125:0004:0006:ES:PDF



Según establece el nuevo Reglamento(UE) no 528/201, sobre uso y comercialización de biocidas, si se presentan a la misma autoridad competente o a la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos dos o más solicitudes de autorización de biocidas que tengan las mismas propiedades, las autorizaciones pueden concederse sobre la base de la eva­luación de un solo biocida y, según el caso, de un análisis comparativo.

Para regular el proceso de autorización en tales casos, se ha elaborado el Reglamento (UE) 414/2013, que establece el procedimiento a seguir.

En el caso de que el biocida de referencia afín haya recibido una autorización nacional, o sea objeto de una solicitud de autorización nacional, la solicitud de autorización para el biocida igual se presentarán a la Autoridad Competente que haya concedido, o a la que se haya solicitado, la autorización nacional del biocida de referencia afin.

Las solicitudes, que incluirán las diferencias propuestas entre el biocida y el biocida de referencia afín y pruebas de que ambos biocidas son idénticos en todos los demás aspectos, serán validadas por la Autoridad Competente, comprobando que las diferencias propuestas entre ambos biocidas se refieren únicamente a información que puede ser objeto de un cambio administrativo. Esta entidad concederá o denegará la autorización en un plazo de 60 dias a partir de la validación.

En el caso de que el biocida de referencia afin esté autorizado a nivel de la Unión, o sea objeto de una solicitud de autorización de la Unión, las solicitudes se presentaran a la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos, que se encargará de validarla y conceder o denegar la autorización.

Los biocidas autorizados según este procedimiento tendran un número de autorización diferente al del biocida de referencia afin pero, en todos los demás aspectos, el contenido de la autorización será idéntico, excepto en cuanto a la información sobre la que ambos difieren. El Registro de Biocidas mostrará un vínculo entre los biocidas y los biocidas de referencia afines.

Publicado en Higiene Ambiental, el lunes 13 de mayo de 2013

miércoles, 8 de mayo de 2013

Pesticidas y productos industriales en el interior de las viviendas europeas


Un estudio realizado por el Centro de Investigaciones energéticas, Medioambientales y tecnológicas (CIEMAT) y la OCU ha detectado la presencia de pesticidas y productos industriales tóxicos en el aire interior de viviendas de Bélgica, Italia, Portugal y España, cuyos niveles llegan a superar en ocasiones a los detectados en muestras de aire exterior.





El desarrollo de nuevos productos químicos para controlar plagas o mejorar materiales industriales ha aumentado la calidad de vida  de la población mundial en el último siglo. No obstante, estudios recientes han demostrado que el uso de estos productos supone también un riesgo para la salud humana.

La presencia de este tipo de contaminantes en exteriores ha sido estudiada en profundidad, sin embargo existen pocos estudios que analicen su presencia en aire de los interiores donde pasamos la mayor parte del tiempo, como viviendas, escuelas o centros de trabajo y su significado en términos de exposición.

El último número de la  revista Vértices, publicada por el Centro de Investigaciones energéticas, Medioambientales y tecnológicas (CIEMAT) contiene un estudio realizado por el Grupo de Compuestos Orgánicos Persistentes y COP de esta institución, en colaboración con la OCU, que analiza la presencia Compuestos Orgánicos Persistentes (COP) en el aire doméstico procedente de viviendas de cuatro países europeos: Bélgica, Italia, Portugal y España.

Los compuestos estudiados, durante el otoño de 2010 en 10 viviendas de cada país, fueron DDT y sus metabolitos, α-, β- y γ-HCH, HCB, PCB (28, 52,101,118,153,138,180) y PBDE ( Tri Deca BDE).



El DDT (diclorodifeniltricloroetano) y el HCH (hexaclorociclohexano en sus diversas formas químicas (α-, β- y γ-HCH))  son insecticidas usados extensamente en el pasado, mientras que el HCB (hexaclorobenceno) es un fungicida utilizado para el tratamiento de semillas.

Por otra parte, tanto los PCB (bifenilos policlorados) como los PBDE (éteres de difenilo polibromados) son compuestos que, por sus propiedades físicas y químicas, han sido utilizados en cientos de aplicaciones industriales y comerciales, incluyendo electricidad y electrónica, materiales de construcción, téxtiles, equipos hidráulicos, como plastificantes en pinturas, plásticos y productos de caucho o en pigmentos y tintes.

Los Compuestos Orgánicos Persistentes (COP) presentan una elevada resistencia a la degradación y se caracterizan por una baja solubilidad al agua y una alta solubilidad en lípidos, acumulándose en los tejidos grasos de los organismos vivos. También son semivolátiles, lo que les permite desplazarse a grandes distancias a través de la atmósfera y distribuirse por todo el planeta, y también son transportados junto a las aguas marinas y continentales, convirtiéndose en un problema transfronterizo.

La elección de las viviendas para el estudio se hizo en base a su cercanía a fuentes potenciales de COP: zonas de agricultura intensiva, desguace y fábricas de automóviles o industrias químicas, y también se consideraron otras posibles fuentes procedentes del interior de las viviendas.

Del estudio se concluye que, de manera global, los contaminantes mayoritarios son los HCH y los PCB, seguidos en orden decreciente por HCB, DDT y PBDE. Sin embargo al evaluar las concentraciones de COP por separado se hallaron diferencias importantes entre países. Portugal fué el país con niveles más bajos de PCB y DDT, mientras que España resultó el país con los valores más elevados de PBDE, y de los plaguicidas HCB y HCH.



En el caso de los PBDE, los máximos están asociados a viviendas situadas cerca de desguaces, fábricas de automóviles, empresas de fabricación y distribución de plástico y en viviendas donde se utilizan muchos aparatos eléctricos y electrónicos.

El estudio no identifica ninguna fuente potencial de pesticidas procedente del interior de las viviendas, sin embargo las actividades realizadas en ellas y las caracteristicas de la vivienda si que pueden influir en la presencia de compuestos como PBDE y PCB en el aire doméstico.

A pesar de que compuestos como los PCB estan prohibidos desde hace décadas, cierta cantidad de ellos permanece en uso o almacenada, ya que han sido ampliamente utilizados en la construcción, como aditivos en pinturas, papel y plásticos o en tranformadores y condensadores.

Los datos obtenidos en el estudio evidencian la presencia de pesticidas (DDT, HCH y HCB) y de productos industriales tóxicos (PCB, PBDE) en el aire interior de las viviendas de los cuatro países evaluados, cuyos niveles llegan incluso a superar en ocasiones a los detectados en el exterior. Los autores estiman conveniente realizar estudios que aporten datos con un mayor número de muestras y de COP analizados, con el objetivo de conocer mejor la presencia de estos contaminantes en los hogares europeos y actuar en consecuencia.



Fuente: CIEMAT Centro de Investigaciones energéticas, Medioambientales y tecnológica. Revista Vértices: http://www.ciemat.es/

Publicado en Higiene Ambiental el miércoles 8 de mayo de 2013

La CE aprueba restricciones sobre el uso de neonicotinoides para proteger a las abejas


Finalmente, y con el apoyo de 15 Estados Miembros,  la Comisión Europea ha aprobado una propuesta para restringir el uso de tres pesticidas de la familia de los neonicotinoides, la clotianidina, el imidacloprid y el tiametoxam, durante un periodo de dos años, con el objetivo de conseguir una mejor protección para las abejas.





Quince Estados Miembros, entre ellos España, respaldaron la propuesta de la Comisión Europea, que se basa en un informe científico de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), en el que se relaciona el uso de los insecticidas neonicotinoides con la alta mortalidad de las abejas.

La decisión, basada en un principio de precaución, restringe, durante al menos dos años, el uso de los insecticidas sistémicos neurotóxicos de la familia de los neonicotinoides clotianidina, tiametoxam e imidacloprid como plaguicidas, muy utilizados en cultivos como el girasol, la colza, el algodón y el maíz.

Los principales aspectos de la propuesta, que será revisada en dos años o antes si existe nueva información científica disponible, serían:

Restringir el uso de de clotianidina, tiametoxam e imidacloprid para el tratamiento de semillas, aplicación en suelo (gránulos) y tratamiento foliar de plantas y cereales atractivas para las abejas.
Los restantes usos autorizados sólo seran permitidos para profesionales.
Las excepciones se limitaran a la posibilidad de tratar cultivos atractivos para las abejas en invernaderos, o en campos al aire libre sólo después de la floración.

Imagen: Flickr


Según publica Europa press, la medida podría afectar a un tercio de las semillas preparadas en la UE. España es uno de los principales productores, por lo que inicialmente pidió aplazar cualquier decisión hasta tener más datos científicos concluyentes, aunque finalmente se pronunció a favor en una primera votación celebrada en marzo.

El voto en contra de ocho países, entre ellos Reino Unido e Italia, y la abstención de otros cuatro ha impedido la aprobación automática de las medidas, pero no supone una fuerza de bloqueo, por lo que Bruselas seguirá adelante con la tramitación de las medidas.

Las restricciones aprobadas se aplicarían a partir del próximo 1 de diciembre para cumplir con los plazos legales y para dar a los agricultores tiempo para ajustarse a la nueva norma.

La medida adoptada ha sido recibida de forma muy dispar entre sectores

La organización ecologista Greenpeace ha instado al Comisario de Salud y Consumo, Tonio Borg, ha implantar de manera "inmediata" el veto de dos años a los neonicotinoides. Los ecologistas extienden sus alertas a otros pesticidas y destacan que países como Italia, Francia, Alemana y Eslovenia ya ponen en práctica restricciones parciales al uso de neonicotinoides "sin un impacto negativo significativo en la producción agrícola".

Por su parte la Asociación de Empresas de la Industria Fitosanitaria (AEPLA) considera "desproporcionada" la medida por no tener base científica que lo justifique y ha asegurado que algunos estudios señalan que el uso de los neonicotinoides no son la causa principal de la disminución de colmenas en la Unión Europea, sino que figura como la séptima causa.

El presidente de AEPLA, Carlos Palomar, ha subrayado que si se quiere proteger a las abejas y otros polinizadores se debería abordar "de forma global" su salud y atendiendo, sobre todo a los primeros factores, que son las enfermedades y parásitos. A su juicio, se debería hacer un muestreo lo suficientemente amplio y potente para que, en estos dos años, se pueda discernir los efectos reales de los neonicotinoides sobre las colmenas en vez de prohibirlos. Palomar estima que la prohibición supondrá unos 127 millones de pérdidas en las cosechas al no poder usar semillas tratadas, sobre todo en maíz y girasol.

Finalmente, la organización profesional agraria UPA-UCE Extremadura y la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos en Andalucía (COAG-A)  han recalcado su apoyo a esta prohibición por el perjuicio que estos productos suponían para la población apícola.

UPA-UCE Extremadura ha puesto de manifiesto que España ostenta el mayor número de colmenas en la Unión Europea y es líder en producción de miel. La organización afirma que el sector apícola está sufriendo de manera dramática desde hace años un aumento de la mortalidad de las abejas, que genera graves pérdidas económicas y una considerable amenaza para la biodiversidad, ya que el 84% de los cultivos y el 80% de las plantas silvestres dependen de la polinización animal, a la que contribuyen de manera esencial las abejas.

En Extremadura, de 2004 a 2006 se realizaron distintos estudios en los que ya se apuntaba que las explotaciones apícolas cercanas a cultivos de maíz, girasol y algodón tenían una mortalidad superior a las que se encontraban más alejadas de estos cultivos.

La suspensión, que entrará en vigor a partir del 1 de diciembre de este año, permitirá comprobar si realmente estos productos suponen un perjuicio para las abejas.


Fuente: Europapress

 Publicado en Higiene Ambiental el martes 7 de mayo de 2013

El formaldehido, para su uso en el tipo de producto 20 (conservantes para alimentos o piensos), no ha sido incluido en la lista de sustancias activas biocidas aprobadas por la CE.


El formaldehido, para su uso en el tipo de producto 20 (conservantes para alimentos o piensos), no ha sido incluido en la lista de sustancias activas biocidas aprobadas por la CE. Los productos empleados como conservantes de piensos que contengan formaldehído y se comercialicen como biocidas no podran estar en el mercado a partir del 1 de julio de 2015.



 DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 25 de abril de 2013 sobre la no inclusión del formaldehído en los anexos I, IA o IB de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la comercialización de biocidas, para el tipo de producto 20: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:117:0018:0019:ES:PDF




La Comisión Europea ha decidido no incluir el formaldehido, para su uso en el tipo de producto 20 (conservantes para alimentos o piensos), en los anexos I, IA o IB de la Directiva 98/8/CE relativa a la comercialización y uso de biocidas.

Tal como establece el nuevo Reglamento (UE) no 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los bio­cidas, los productos empleados para la conservación de alimentos o piensos están incluidos en el ámbito de la aplicación de los Reglamentos 1831/2003 y  1333/2008, sobre aditivos alimentarios.

Por este motivo, la Comisión ha decidido cancelar este proceso de evaluación y ha propuesto que la autorización del formaldehído como aditivo para piensos se realice de acuerdo con el Reglamento (CE) no 1831/2003,

La fase de eliminación de productos empleados como conservantes de piensos que contengan formaldehído y se comercialicen como biocidas tendrá en cuenta el tiempo necesario para regular estos productos de confor­midad con el Reglamento (CE) no 1831/2003 y finalizará el 1 de julio de 2015, fecha en que deberan estar retirados del mercado.


Publicado en Higiene Ambiental el martes 30 de abril de 2013