lunes, 6 de abril de 2015

La Comisión Europea autoriza nuevas sustancias activas biocidas para los TP1, TP2, TP4 y TP18



La Comisión Europea ha autorizado el uso de las siguientes combinaciones de sustancias activas biocidas y tipos de producto:  el propan-2-ol para TP1, TP2 y TP4, el Bacillus Thuringiensis subsp. israelensis, serotipo H14, cepa SA3A para TP18 y la alfa-cipermetrina para TP18.



PROPAN-2-OL

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/407 DE LA COMISIÓN de 11 de marzo de 2015 por el que se aprueba el uso del propan-2-ol como sustancia activa en biocidas de los tipos de producto 1, 2 y 4

Tipo de producto:

    TP1, desinfectantes para la higiene humana
    TP2, desinfectantes y alguicidas no destinados a la aplicación directa a personas o animales
    TP4, desinfectantes utilizados en los ámbitos de los alimentos y los piensos

Pureza mínima de la sustancia activa:  99 % p/p
Fecha de aprobación:  1 de julio de 2016
Fecha de expiración de la aprobación:  30 de junio de 2026
Condiciones específicas para las autorizaciones:

    TP1, TP2 y TP4: En la evaluación del biocida se prestará una atención especial a las exposiciones, los riesgos y la eficacia asociados a cualquiera de los usos contemplados en una solicitud de autorización, pero que no se hayan considerado en la evaluación de riesgos de la sustancia activa a nivel de la Unión.
    TP4:
    Las autorizaciones de los biocidas quedan subordinadas a las condiciones siguientes:
    1) En el caso de los biocidas que puedan dejar residuos en piensos o alimentos, se comprobará la necesidad de establecer nuevos límites máximos de residuos, o de modificar los existentes, según el Reglamento (CE) n o 470/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 3 ) o el Reglamento (CE) n o 396/2005 del Parlamento Euro­peo y del Consejo ( 4 ), y se adoptarán las medidas adecuadas de reducción del riesgo para garantizar que no se superen los límites máximos de residuos aplicables.
    2) Los biocidas que contengan propan-2-ol no se incorporarán a materiales ni objetos que, según los términos del artículo 1, apartado 1, del Reglamento (CE) n o 1935/2004, estén destinados a entrar en contacto con alimentos, a menos que la Comisión haya establecido límites específicos para la migración de propan-2-ol a los alimentos o que, de conformidad con ese mismo Reglamento, se haya determi­nado que tales límites no son necesarios.



BACILLUS THURINGIENSIS subsp. israelensis, serotipo H14, cepa SA3A

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/406 DE LA COMISIÓN de 11 de marzo de 2015 por el que se aprueba el uso de Bacillus Thuringiensis subsp. israelensis, serotipo H14, cepa SA3A, como sustancia activa para su uso en los biocidas del tipo de producto 18

Tipo de producto: TP18, insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos
Pureza mínima de la sustancia activa:  Ninguna impureza re­levante
Fecha de aprobación:  1 de julio de 2016
Fecha de expiración de la aprobación:  30 de junio de 2026
Condiciones específicas para las autorizaciones:

    1) Se establecerán procedimientos operativos seguros y medi­das organizativas apropiadas para los usuarios profesiona­les. En caso de que la exposición no pueda reducirse a un nivel aceptable por otros medios, los biocidas se utilizarán con el equipo de protección individual adecuado.
    2) En el caso de los biocidas que puedan dejar residuos en piensos o alimentos, se comprobará la necesidad de esta­blecer nuevos límites máximos de residuos, o de modificar los existentes, según el Reglamento (CE) n o 470/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 3 ) o el Reglamento (CE) n o 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 4 ), y se adoptarán las medidas adecuadas de reducción del riesgo para garantizar que no se superan los límites máximos de residuos aplicables.


ALFA-CIPERMETRINA

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/405 DE LA COMISIÓN de 11 de marzo de 2015 por el que se aprueba el uso de la alfa-cipermetrina como sustancia activa en biocidas del tipo de producto 18

Tipo de producto: TP18, insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos
Pureza mínima de la sustancia activa:  930 g/kg
Fecha de aprobación:  1 de julio de 2016
Fecha de expiración de la aprobación:  30 de junio de 2026
Condiciones específicas para las autorizaciones:

    1) Se establecerán procedimientos operativos seguros y medidas organizativas apropiadas para los usuarios profesio­nales. En caso de que la exposición no pueda reducirse a un nivel aceptable por otros medios, los biocidas se utili­zarán con el equipo de protección individual adecuado.
    2) Con el fin de prevenir los riesgos para el compartimento acuático, en relación con el tratamiento de superficies sujetas a frecuentes limpiezas en húmedo, los biocidas solo podrán utilizarse para tratar fisuras y grietas, a menos que pueda demostrarse en la solicitud de autorización del biocida que los riesgos para el compartimento acuático pueden reducirse a un nivel aceptable.



Publicado en Higiene Ambiental, el viernes 13 de marzo de 2015

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