La Comisión Europea ha aprobado restriccciones en el uso
del insecticida fipronil tras evaluar los riesgos de toxicidad para las abejas
melíferas derivados del uso de esta sustancia. Este es el cuarto insecticida
sobre el que la CE aplica prohibiciones con el objetivo de proteger a las
abejas, que el pasado mes de mayo ya impuso restricciones en el uso de los tres
insecticidas neonicotinoides clotianidina, imidacloprid y tiametoxam.
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 781/2013 DE LA COMISIÓN
de 14 de agosto de 2013 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE)
no 540/2011 en lo relativo a las condiciones de aprobación de la sustancia
activa fipronil, y se prohíben el uso y la venta de semillas tratadas con
productos fitosanitarios que la contengan http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:219:0022:0025:ES:PDF
A petición de la Comisión Europea, la Autoridad Europea
de Seguridad Alimentaria (EFSA) evaluó nuevos datos científicos y técnicos
sobre los riesgos para las abejas melíferas que presentan los productos
fitosanitarios que contienen fipronil y revisó la evaluación de los riesgos del
fipronil por lo que se refiere a su efecto en las abejas.
La EFSA determinó que la utilización de productos
fitosanitarios que contienen la sustancia activa fipronil para el tratamiento
de semillas de maíz plantea un alto riesgo de intoxicación aguda de las abejas.
La Autoridad determinó, en particular, un alto riesgo de toxicidad aguda para
las abejas derivado de la exposición al polvo.
Además, no pueden excluirse riesgos inaceptables debidos
a los efectos agudos o crónicos en la supervivencia y el desarrollo de las
colonias en el caso de varios cultivos.
abeja-nicotinoides
La Autoridad detectó asimismo algunas omisiones en los
datos relativos a cada uno de los usos evaluados, especialmente por lo que se
refiere al riesgo a largo plazo para las abejas melíferas derivado de la
exposición al polvo, de una exposición potencial a los residuos en el polen y
el néctar, de una exposición potencial al agua de gutación y de la exposición a
residuos en cultivos y malas hierbas posteriores y a residuos que permanecen en
el suelo.
A la luz de los nuevos conocimientos científicos y técnicos,
la Comisión consideró que hay indicios de que algunos usos autorizados del
fipronil ya no cumplen los criterios de aprobación de la sustancia establecidos
en el artículo 4 del Reglamento (CE) n o 1107/2009 por sus efectos en las
abejas, y que el alto riesgo para las abejas solo podía descartarse imponiendo
más restricciones.
Prohibición de comercialización de semillas tratadas
No se utilizarán ni comercializarán las semillas de
cultivos que hayan sido tratadas con productos fitosanitarios que contengan
fipronil salvo en el caso de las semillas para siembra en invernadero y de las
semillas de puerros, cebollas, chalotes y el grupo de hortalizas del género
Brassica para siembra en el campo que se cosechan antes de la floración.
A la espera de que se presente la información que falta
sobre el uso de semillas de girasol tratadas, procede aplicar a estas semillas
medidas similares a las del maíz.
Período de gracia
Todo período de
gracia concedido por los Estados miembros de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 46 del Reglamento (CE) no 1107/2009 será lo más breve posible y
expirará, a más tardar, el 28 de febrero de 2014.
Publicado en Higiene Ambiental, el martes 27 de agosto de
2013
No hay comentarios:
Publicar un comentario