Las trampas con
feromonas, utilizadas por los profesionales del control de plagas como un
indicador de la presencia de insectos, podrían pasar a ser consideradas como
productos biocidas y someterse a la misma legislación que éstos. Esta propuesta
de la CE ha disparado la alarma en la CEPA, que prevé que se dejen de usar,
dada la dificultad y coste de los procesos de evaluación de los biocidas, lo
que conducirá a tratamientos biocidas sistemáticos.
Trampas con feromonas: biocidas o no
La Confederación
Europea de Asociaciones de Control de Plagas (CEPA) alerta del proyecto de
Decisión de Ejecución de la Comisión Europea en el que se propone considerar
las trampas de monitoreo que contengan, hayan sido tratadas o incorporen intencionadamente
un atrayente de feromonas como: «un producto biocida, de acuerdo con el
Artículo 3.1 (a) del Reglamento (UE) Nº 528/2012 y comprendidas en el tipo de
producto 19 tal y como se define en el Anexo V de dicho Reglamento».
Si hasta el momento
solamente las trampas con feromonas que contienen insecticidas eran
consideradas como biocidas, con este cambio en la legislación la industria del
control de plagas podría tener dificultades para seguir utilizando las trampas
que sólo contienen atrayentes, una herramienta indispensable para saber si
existe la presencia o no de una plaga, o bien para corroborar la eficacia de un
tratamiento.
Considerarlas como
producto biocida implicaria que deberian pasar el largo y costoso proceso de
autorización de este tipo de productos.
El argumento de la
CE se basa en seguir al pie de la letra las definiciones del Reglamento de
Biocidas: el atrayente cumple la definición para ser una sustancia y, al tener
una acción sobre los organismos monitorizados, se considera una sustancia
activa. También cumple con la definición de tener una función biocida según el
Reglamento; destruir, disuadir, impedir la acción o ejercer de otra manera un
efecto de control sobre cualquier organismo nocivo.
Y, por último, como
el atrayente utilizado en las trampas tiene la finalidad de atraer a los
organismos monitorizados, quedarian clasificadas dentro del tipo de producto 19
(repelentes y atrayentes).
De momento, la
propuesta de la CE se halla en periodo de consulta pública hasta el próximo mes
de mayo.
Evitar tratamientos
biocidas sistemáticos
Ante esta
situación, la CEPA expone que el propósito de las trampas de monitorización,
especialmente en la industria alimentaria, es únicamente actuar como indicador
de la presencia de insectos, y evitar los tratamientos con biocidas mientras no
exista una plaga.
La Confederación
expone que utilizar trampas sin atrayentes es prácticamente inútil,
especialmente en el caso de los insectos voladores. La probabilidad de atrapar
insectos en las trampas de seguimiento sin un atrayente es muy baja pero eso no
quiere decir que no estén presentes. Por lo que la CEPA prevé que las empresas
de control de plagas recurran sistemáticamente a más tratamientos biocidas.
También argumenta
que las trampas de seguimiento con feromonas no tienen la capacidad de
controlar una población de insectos en caso de plaga y, además, únicamente
atraparán machos. Por consiguiente, no pueden cumplir la función de un biocida,
ni los actuales requisitos de eficacia de los biocidas.
La CEPA solicita
que la CE reconsidere la propuesta, ya que si las trampas con atrayentes tienen
que someterse al largo y caro proceso de autorización que siguen los productos
biocidas, no se podrán utilizar durante mucho tiempo y su coste acabará siendo
probablemente disuasorio. Incluso es probable que el tamaño del mercado disuada
a los fabricantes de solicitar una autorización.
Fuente: CEPA y CE
Texto del Proyecto de
la CE: COMMISSION IMPLEMENTING DECISION
of XXX pursuant to Article 3(3) of Regulation (EU) No 528/2012 of the European
Parliament and of the Council on monitoring traps containing attractants to
insects.
Publicado en Higiene Ambiental, el viernes 21 de abril de
2017
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