sábado, 21 de enero de 2017

Carnet de manipulador de productos fitosanitarios.

Como ya he comentado en una entrada anterior, aunque el campo de mayor dedicación de este blog es la Sanidad Ambiental, pero por estar en muchos casos relacionada con la Sanidad Vegetal voy en esta ocasión a seguir los carnets de manipulador de productos fitosanitarios que de momento no tienen un plazo de caducidad como le pasa al carnet de aplicador DDD que están prorrogados hasta el 14 de julio del 2020.

Me gusta esta composición fotográfica, pues aparecen tres formas de pulverizar un producto fitosanitario en agricultura, aunque la foto superior parece un poco tercermundista, pues parece que lleva una mochila a la espalda y dos lanzas pulverizadoras una a cada lado.


En Cataluña, España, y correspondientemente en las restantes autonomías españolas existen tres niveles de carnets fitosanitarios que siguen en vigor en contra de lo que ocurre en sanidad ambiental: (https://www.msssi.gob.es/ciudadanos/saludAmbLaboral/prodQuimicos/sustPreparatorias/biocidas/docs/Catalunya.pdf )


Cataluña


 Los carnés se expiden para los niveles básico, cualificado y fumigador

El carnét tiene una duración de 10 años.


A partir del 26 de noviembre los profesionales y vendedores de productos fitosanitarios deben estar en posesión de un carnet que acredite conocimientos apropiados para ejercer su actividad.
Los carnets se expiden para los siguientes niveles de capacitación:

Básico: para el personal auxiliar de tratamientos, incluidos los no agrícolas, y los agricultores que los realicen en la propia explotación sin utilizar personal auxiliar utilizando productos fitosanitarios que no sean ni generen gases tóxicos, muy tóxicos o mortales. También se expiden para el personal auxiliar de la distribución que manipule productos fitosanitarios.

Calificado: para los usuarios profesionales responsables de los tratamientos terrestres, incluidos los no agrícolas, y para los agricultores que realicen tratamientos utilizando personal auxiliar. También se expiden para el personal que intervenga directamente en la venta de productos fitosanitarios de uso profesional. Este carnet capacita para proporcionar la información adecuada sobre el uso, los riesgos para la salud y el medio ambiente de estos productos, así como sobre las instrucciones para mitigar los riesgos mencionados.

Fumigador: para aplicadores que realicen tratamientos con productos fitosanitarios que sean gases tóxicos, muy tóxicos, o mortales, o que generen gases de esta naturaleza. Para obtener el carnet de fumigador es condición necesaria haber adquirido previamente la capacitación correspondiente a los niveles básico o cualificado.
Los carnets tienen una validez de 10 años y se pueden solicitar al Servicio de Sanidad Vegetal de los Servicios Territoriales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación y en la red de Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

Cataluña


Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

Copia del documento acreditativo de la formación declarada para la obtención del carné en caso de que no se pueda verificar por parte del DARP:

1. Copia del certificado del curso de capacitación si el curso no ha sido homologado por el servicio de formación agraria.
2. Copia de la titulación universitaria, únicamente si es anterior al año 1991, se ha obtenido 6 meses antes de hacer la solicitud o bien se trata de un título no expedido por el Ministerio de Educación.
3. Certificación del expediente académico con indicación de los créditos ECTS, en las titulaciones universitarias posteriores al espacio europeo (EEES).
4. Certificación del expediente académico con indicación de los créditos ECTS, en las titulaciones universitarias diferentes a ingeniero / a agrónomo, ingeniero / a técnico agrícola, ingeniero / a de monte o ingeniero / a técnico forestal.
5. Copia del título de formación profesional de grado superior, del título de formación profesional de grado medio o del título de formación profesional de primer grado excepto en el caso de que sean titulaciones obtenidas en las escuelas y centros de capacitación agraria dependientes del departamento competente en materia de agricultura.
6. Copia del certificado del curso de capacitación si no se trata de un curso homologado por el servicio de formación agraria.
7. Copia del certificado de profesionalidad emitido por el SOC o el certificado del módulo formativo de un certificado de profesionalidad o el certificado de una unidad formativa de un módulo formativo.
8. Certificado de la realización del módulo formativo de un certificado de profesionalidad o el certificado de realización de una unidad formativa de un módulo formativo.



Únicamente será necesario aportar esta documentación en caso de no autorizar a la Generalitat para obtenerla la copia DNI / NIF / NIE del solicitante.

Islas Baleares


Requisitos:

Hay que tener el domicilio legal en Cataluña.
Para aplicar o manipular de forma directa productos fitosanitarios que no sean gases o generadores de gases tóxicos y / o muy tóxicos, es necesario acreditar una formación en alguno de los siguientes niveles:


1. Nivel básico, lo deberán acreditar:
* El personal auxiliar de tratamientos terrestres y aéreos incluyendo los no agrícolas.
* Los / las agricultores / as que hagan tratamientos en la propia explotación y que no dispongan de personal auxiliar y empleen productos fitosanitarios que no sean o no generen gases tóxicos, muy tóxicos o mortales.
* El personal auxiliar de la distribución que manipule productos fitosanitarios.

2. Nivel cualificado, lo deberán acreditar:
* Los / las usuarios / as profesionales responsables de los tratamientos terrestres, incluidos los no agrícolas.
* Los / las agricultores / as que hagan tratamientos empleando personal auxiliar.
* El personal que intervenga directamente en la venta de productos fitosanitarios de uso profesional, el cual debe proporcionar la información adecuada sobre su utilización, los riesgos para la salud y el medio ambiente y las instrucciones para mitigar estos riesgos.
* Las personas responsables de las empresas y otras entidades dedicadas a la aplicación de productos fitosanitarios.
* Los / las aplicadores / as de productos fitosanitarios a terceros.

3. Nivel fumigador, lo deberán acreditar:
* Los / las aplicadores / as que realicen tratamientos con productos fitosanitarios que sean gases clasificados como tóxicos, muy tóxicos o mortales, o que generen gases de esta naturaleza. Estas personas deben acreditar previamente el nivel básico o cualificado según proceda.

4. Nivel piloto aplicador, lo deberán acreditar:
* Las personas que están en posesión del título y la licencia de piloto comercial de avión o helicóptero y realizan tratamientos fitosanitarios desde aeronaves o mediante aeronaves, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa específica que regula la concesión de licencias en el ámbito de la navegación aérea.

tratamiento aéreo


El carné no se puede pedir si se dispone de un carné de aplicadores y manipuladores de productos fitosanitarios vigente expedido por otra Comunidad Autónoma o está inscrito en el ROPO en el sector de usuarios profesionales por otra Comunidad Autónoma.

Formación necesaria
Para poder obtener el carné de aplicador debe cursar y superar el curso correspondiente de formación homologado por el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, adecuado a uno de los niveles formativos o bien tener una titulación que convalide esta formación.

Como se acredita la capacitación

La capacitación requerida se acredita mediante la realización de un curso de formación específico, de acuerdo con el nivel requerido.

La duración de los cursos tiene que ser como mínimo de 25 horas para el nivel básico, 60 horas para el nivel cualificado, 25 horas para el nivel fumigador y 90 horas para el nivel de piloto aplicador. (Ver oferta de cursos actual)

El contenido de los cursos tiene que ser el que establece el Decreto 61/2015, de 28 de abril, sobre los productores y operadores de medios de defensa fitosanitaria de Cataluña y las Agrupaciones de defensa vegetal, en el anexo I.

Los cursos de formación los puede organizar directamente el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca i Alimentación, a través del Servicio de Formación Agraria, así como las universidades, los centros docentes, las organizaciones de productores agrarios y otras entidades vinculadas al sector agrario (Ver relación de entidades autorizadas A1047.03-AN1)

Salvo los cursos organizados directamente por el Servicio de Formación Agraria, para el resto de los casos hará falta homologación previa del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca i Alimentación.

Valencia


Titulaciones y formación que acreditan los conocimientos

Nivel básico:
Las personas que tengan la formación siguiente, pueden solicitar el carné básico sin tener que hacer ningún curso de formación:
Titulaciones y formación que acreditan los conocimientos del nivel básico (A1047.03-AN2)

Nivel cualificado:
Las personas que tengan la formación siguiente, pueden solicitar el carné cualificado sin tener que hacer ningún curso de formación
Titulaciones y formación que acreditan los conocimientos del nivel cualificado (A1047.03-AN3)

Valencia


Relación de titulaciones y cursos de formación profesional que acreditan los conocimientos del nivel de capacitación básico. Relación actualizada el 13/04/2016 (Fuente: http://agricultura.gencat.cat/web/.content/02-tramits/enllacos-documents/07639/a1047_03_capbasic.pdf).

Formación profesional de primer grado (FP-Y)
Técnico\a auxiliar de la rama agraria obtenido en las escuelas agrarias del departamento competente en agricultura en los estudios iniciados a partir del curso 1995-1996.

Ciclos formativos de grado mediano
Técnico\a en elaboración de vinos y otras bebidas de IES Priorat en los estudios iniciados a partir del curso 2007/2008
Técnico\a en aceites de oliva y vinos de IES Priorat en los estudios cursados a partir del curso 2013/2014
Técnico\a en aceites de oliva y vinos de EA de viticultura y enología Merce Rossell y Domenech en los estudios cursados a partir del curso 2013/2014
Técnico\a en aceites de oliva y vinos de EA Gandesa en los estudios cursados a partir del curso 2013/2014

Certificados de profesionalidad
Actividades auxiliares en viveros, jardines y centros de jardinería (AGAO108)
Actividades auxiliares en conservación y mejora de montes (AGAR0309)
Actividades auxiliares en agricultura (AGAX0208)
Manejo y mantenimiento de maquinaría agraria (AGAU0111)

Programas de garantía social (PGS) y Programas de calificación profesional inicial (PQPI)
PGS, PQPI en técnicas agropecuarias obtenido en las escuelas y centros de capacitación agraria del departamento competente en agricultura a partir del curso 1999-2000.
PGS, PQPI en jardinería obtenido en las escuelas y centros de capacitación agraria del departamento competente en agricultura a partir del curso 1999-2000.

Módulos formativos (de un certificado de profesionalidad).
MF1295_1 Operaciones auxiliares en el control de agentes causantes de plagas y enfermedades a las plantas forestales.
MF0518_1 Operaciones auxiliares de riego, adobament y aplicación de tratamientos en cultivos agrícolas.
MF0522_1 Operaciones básicas por el mantenimiento en jardines, parques y zonas verdes.

Módulos profesionales (de un ciclo formativo).
MP materias primeras y productos en la industria oleícola, vinícola y otras bebidas del CFGM de aceites y vinos de EA Gandesa en los estudios cursados a partir del curso 2013/2014.
MP viticultura

Los certificados de profesionalidad y los módulos formativos se acreditan únicamente mediante los certificados de profesionalidad y las acreditaciones parciales acumulables respectivamente, documentos expedidos por el ZOCO.
Los CFGM, CFGS, MP se acreditan únicamente mediante el título o certificación de los centros con estas enseñanzas autorizadas por el departamento de Educación.

Castilla y León


Relación de titulaciones y cursos de formación profesional que acreditan los conocimientos del nivel de capacitación calificado. Relación actualizada el 13/04/2016. (Fuente: http://agricultura.gencat.cat/web/.content/02-tramits/enllacos-documents/07639/a1047_03_cualificat.pdf).

Titulaciones universitarias.
Ingeniería agrónoma
Ingeniería técnica agrícola
Ingeniería de monte
Ingeniería técnica forestal
Cualquier otra titulación que cumpla con los requisitos para ser persona asesora en gestión integrada de plagas

Ciclos formativos de grado superior (CFGS)
Técnico/a superior gestión y organización de empresas agropecuarias
Técnico/a superior en gestión y organización de los recursos naturales y paisajísticos
Técnico/a superior en gestión forestal y del medio natural
Técnico/a superior en paisajismo y medio rural
Técnico/a superior en enología y viticultura de IES Priorat en los estudios cursados a partir del curso 2007/2008.
Técnico/a superior en vitivinicultura de IES Priorat en los estudios cursados a partir del curso 2013/2014.
Técnico/a superior en vitivinicultura de EA de viticultura y enología Mercè Rossell y Domenech en los estudios cursados a partir del curso 2013/2014
Cualquier otra titulación de formación profesional superior que cumpla con los requisitos para ser persona asesora en gestión integrada de plagas

Formación profesional de segundo grado (FP-II)
Técnico/a especialista en explotación forestal, rama agraria
Técnico/a especialista en aprovechamientos forestales y conservación de la natura, rama agraria
Técnico/a especialista en jardinería, rama agraria
Técnico/a especialista en explotación hortofructícola
Técnico/a especialista en explotación agropecuaria
Técnico/a especialista en dirección y gestión de empresas agrarias
Técnico/a especialista en hortofructicultura
Cualquier otra titulación de formación profesional superior que cumpla con los requisitos para ser persona asesora en gestión integrada de plagas

Ciclos formativos de grado mediano (CFGM)
Técnico/a en producción agroecològica
Técnico/a en jardinería y floristería
Técnico/a en producción agropecuaria
Técnico/a en aprovechamientos y conservación del medio natural
Técnico/a en explotaciones agrarias extensivas
Técnico/a en explotaciones agrícolas intensivas
Técnico/a en jardinería
Técnico/a en trabajos forestales y conservación del medio natural

Módulos profesionales (de un ciclo formativo).
MP Manejo sanitario del agrosistema + MP principios de sanidad vegetal
MP Control fitosanitario + MP principios de sanidad vegetal
Fitopatología.
MP viticultura + MP gestión de la calidad y ambiental en la industria alimentaria + MP proyecte en la industria vitivinícola del CFGS Vitivinicultura de EA de viticultura y enología Mercè Rossell y Domenech en los estudios cursados a partir del curso 2013/2014.

Certificados de profesionalidad (CP)
Agricultura Ecológica (AGAU0108)
Producción de entonces y plantas en vivero (AGAU0110)
Horticultura y floricultura (AGAH0108)
Fructicultura (AGAF0108)
Cultivos herbáceos (AGAC0108)
Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes (AGAO0208)
Repoblaciones forestales y tratamientos silvícolas (AGAR0208)
Jardinería y restauración del paisaje (AGAO0308)
Producción y recolección de setas y trufes (AGAU0112)
Gestión y mantenimiento de árboles y palmeras ornamentales (AGAJ0109)
Control y protección del medio natural (SEAG0311)
Gestión de la producción agrícola (AGAU0208)
Gestión de la producción de entonces y plantas en vivero (AGAU0210)
Gestión de la instalación y mantenimiento de céspedes en campos deportivos (AGAJ0308)
Gestión de las repoblaciones forestales y de tratamientos silvícolas (AGAR0109)
Servicios para el control de plagas (SEAG0110)
Gestión de servicios para el control de organismos nocivos (SEAG0311)

Módulos formativos de un certificado de profesionalidad (MF).
Control fitosanitario (MF0525_2)
Prevención y manejo de la sanidad del agrosistema (MF0718_2)
Organización y control de las operaciones de cultivo (MF1130_3)
Gestión de los tratamientos silvícolas (MF0729_3)
Tratamientos silvícolas (MF1126_2)

Los CP y los MF se acreditan únicamente mediante los certificados de profesionalidad y las acreditaciones parciales acumulables respectivamente, documentos expedidos por el ZOCO.
Los CFGM, CFGS, UF, se acreditan únicamente mediante la titulación o certificación de los centros con estas enseñanzas autorizadas por el departamento de Educación.

Aragón


Obligatoriedad de disponer del carné de aplicador para comprar productos fitosanitarios a partir del 26 de noviembre de 2015:  http://premsa.gencat.cat/pres_fsvp/AppJava/notapremsavw/288879/ca/obligatorietat-disposar-carnet-daplicador-comprar-productes-fitosanitaris-partir-26-novembre.do

Las imágenes las he conseguido tras búsquedas en Google Imágenes. Agradezco a sus autores por compartirlas en la red.

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