La publicación de la 9ª adaptación al progreso técnico (ATP)
del Reglamento CLP (Clasificación, etiquetado y envasado de sustancias
químicas) ha clasificado definitivamente como tóxicos para la reproducción, en
concentraciones igual o mayores a 0,003%, a los rodenticidas anticoagulantes
brodifacoum, bromadiolona, clorofacinona, cumatetralilo, difenacum,
difetialona, flocoumafen y warfarina. Las empresas tienen que aplicar las
clasificaciones revisadas para el uso seguro de estos productos químicos antes
del 1 de marzo de 2018.
Rodenticidas anticoagulantes clasificados como tóxicos para
la reproducción
actualizando la lista de sustancias químicas con una
clasificación armonizada a nivel de la UE.
El Reglamento (CE) 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado
y envasado de sustancias y mezclas (Reglamento CLP) engloba la legislación
comunitaria con el Sistema Globalmente Armonizado de clasificación y etiquetado
de productos químicos (SGA), un sistema de las Naciones Unidas para identificar
los productos químicos peligrosos y para informar a los usuarios sobre sus
peligros.
La enmienda al Reglamento, o novena adaptación al progreso
técnico (ATP), introduce o actualiza las clasificaciones armonizadas para 47
sustancias activas incluidas en la lista de clasificación armonizada europea
(anexo VI del Reglamento CLP).
Entre éstas se encuentran ocho rodenticidas anticoagulantes,
que quedan clasificados como tóxicos para la reproducción de las categorías 1A
y 1B en concentraciones igual o mayores a 0,003%.
Las nueve sustancias afectadas por la re-clasificación son:
brodifacoum (Cat 1A), bromadiolona (Cat 1B), clorofacinona (Cat 1B),
cumatetralilo (Cat 1B), difenacum (Cat 1B), difetialona (Cat 1B), flocoumafen
(Cat 1B) y warfarina (Cat 1A).
A más tardar, las empresas tienen que aplicar las nuevas
clasificaciones revisadas para el uso seguro de estos productos químicos y
adaptar en consecuencia el etiquetado y envasado, antes del 1 de marzo de 2018,
aunque pueden hacerlo antes de forma voluntaria.
efecto de un anticoagulante |
Futuro incierto para los rodenticidas anticoagulantes
Como ya comentábamos en el artículo "Futuro incierto
para ocho sustancias activas rodenticidas anticoagulantes", la publicación
de la ATP tendrá consecuencias inmediatas para la industria y las empresas de
servicios de control de plagas, aunque se haya establecido un período de
ejecución hasta el año 2018, para coordinar la implementación de la ATP con los
plazos de renovación de las autorizaciones de comercialización de dichas
sustancias rodenticidas ( de acuerdo al Reglamento de Biocidas).
Una vez publicada oficialmente la naturaleza reprotóxica de
las éstas sustancias, es previsible que las empresas profesionales que utilizan
estos biocidas intentaran evitar el uso de éstos productos tóxicos para la
reproducción, por razones de seguridad y también por la dificil aceptación por
parte de los clientes de tratamientos con productos de este tipo.
Su futuro uso queda pendiente de investigaciones para
reducir la concentración de la sustancia activa por debajo de 0,003%,
manteniendo la efectividad de los rodenticidas o para hallar alternativas
efectivas con o sin anticoagulante y con o sin sustancias químicas.
En todo caso, y dada la duración y el coste de los procesos
de autorización de comercialización de sustancias activas biocidas, la solución
parece que no será a corto plazo.
REGLAMENTO (UE)
2016/1179 DE LA COMISIÓN de 19 de julio de 2016 que modifica, a efectos de su
adaptación al progreso científico y técnico, el Reglamento (CE) n.o 1272/2008
del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre clasificación, etiquetado y
envasado de sustancias y mezclas
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