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lunes, 4 de junio de 2018

Certificados de Profesionalidad CP2 y CP3 de Control de Plagas por Acreditación o por Formación.


En Cataluña desde junio del 2015 no ha aparecido ninguna convocatoria para conseguir los Certificados de Profesionalidad para el Acredita’t para aquellos aspirantes que tengan un mínimo de tres años de experiencia.



Desde entonces solo se ha conseguido los Certificados de Profesionalidad por la vía de la formación. Así en la familia de Seguridad y Medio Ambiente, subfamilia de Gestión Ambiental el CP2 Servicios para el control de plagas de 370 horas que se realizan en el CIFO de Santa Coloma o en Can Calderón de Viladecans o el CP3 Gestión de Servicios de control de organismos nocivos de 510 horas que se realizan en el mismo CIFO de Santa Coloma, centro de referencia en el SOC, y en Nou Grado de Castelldefels, donde la próxima semana empieza un nuevo curso que de momento aún dispones de plazas.



Nou Grado Centro de Formación Dr. Trueta 1, entresuelo 1ª  08860 Castelldefels

Como he dicho antes, en Cataluña no aparece una nueva convocatoria desde el 2015, por lo que aquellos aspirantes interesados en conseguir la acreditación se tiene que dirigir a otra comunidad autonómica.




Actualmente está en vigor, pues la convocatoria está abierta hasta el 1 de julio del 2018, en la Comunidad de Madrid. Ver: http://www.todofp.es/acreditacion-de-competencias/convocatorias/2018.html#ancla016-1


Familia de Seguridad y Medio Ambiente:
CP2 Servicios para el Control de Plagas.
CP3 Gestión de Servicios para el Control de Organismos Nocivos.

…/…
En el punto Quinto: Requisitos de participación en el procedimiento.

En el punto Séptimo: Inscripción en el procedimiento. Solicitudes: plazo, forma y lugar de presentación.

En el punto Octavo: Acreditación del cumplimiento de requisitos. Justificación del historial profesional y/o formativo.

Como información complementaria, puede consultar en este mismo blogs:

Consejos a tener en cuenta para una futura convocatoria del Acredita't

Certificado de Profesionalidad en el sector de control de plagas

jueves, 23 de marzo de 2017

Consejos a tener en cuenta para una futura convocatoria del Acredita't

El Gobierno (se refiere a la Generalitat de Cataluña) da luz verde al primer plan de acreditación y calificación profesionales, con una oferta de 7.900 plazas. (27-12-2016 15.05)

Permitirá que personas con carencias de calificación profesional puedan acreditar las competencias adquiridas a lo largo de la vida laboral.

El Gobierno ha aprobado hoy el primer Plan de acreditación y calificación profesionales, que prevé una oferta de 7.900 plazas de evaluación y acreditación de competencias hasta el 2018. Permitirá que personas con carencias de calificación profesional puedan evaluar y acreditar las competencias adquiridas a través de su experiencia profesional. El Pla lo han elaborado los departamentos de Enseñanza y de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias en coordinación con el Consejo Catalán de la Formación Profesional.

Los procedimientos de evaluación de competencias profesionales permiten reconocer y acreditar las competencias adquiridas a lo largo de la vida laboral, mediante el trabajo desarrollado a los puestos de trabajo o bien en procesos de aprendizaje no formal.

Esta actuación es una de las medidas del despliegue de la Ley 10/2015, de formación y calificación profesionales, que establece que el Gobierno tiene que desplegar reglamentariamente el Plan de acreditación y calificación profesionales. Así mismo, este es el primero de los despliegues previstos en el Acuerdo GOV/143/2015, de 1 de septiembre, por el cual se aprueba el calendario de despliegue de la Ley 10/2015, del 19 de junio, de formación y calificación profesionales.





Por otro lado, si recordamos las fechas de las anteriores convocatorias de la familia de Seguridad y Medio Ambiente, subfamilia de Gestión Ambiental de los Certificados de Profesionalidad CP2 Servicios para el Control de Plagas y CP3 Gestión de control de organismos nocivos, en Cataluña fueron:

1º Convocatoria en 2011, 2ª convocatoria en 2013 y 3ª convocatoria en 2015.

Además en el pasado mes de abril de 2016 el Departament de Salut pasó una encuesta a las empresas del sector, para conocer el número de aspirantes interesados para pasar la acreditación, por lo que puedo suponer que entre las 7.900 plazas previstas para el período 2016-18, tenga cabida otra nueva convocatoria para Control de plagas y ante la cadencia anterior sería de suponer una nueva convocatoria para 2017 (no dispongo de información segura que corrobore mi suposición personal). 

Para conocer las diferentes convocatorias en vigor en las diferentes comunidades autonómicas españolas, se puede consultar en:  


Preinscribirse al procedimiento al Acredita’t (de momento sin fecha definida)



Documentación


Para acreditar que se cumplen los requisitos de participación hay que disponer de la documentación que se especifica a continuación.

A. Trabajadores asalariados


- Original o fotocopia compulsada del certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social (informe de vida laboral), del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad, si es el caso, donde conste la empresa, el grupo de cotización, y el periodo de contratación, y
- Original o fotocopia compulsada del certificado de la empresa o las empresas donde se ha adquirido la experiencia laboral relacionada con la competencia o las competencias que se quieren acreditar. 

Tiene que constar la duración de los periodos de prestación del contracte, la actividad ejercida y el intervalo de tiempo que ha durado la actividad. El tiempo trabajado que se requiere varía según los niveles de las calificaciones:
En caso de unidades de competencia correspondientes a calificaciones de Nivel I: 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total, que equivalen a 150 días de cotización.

En caso de unidades de competencia correspondientes a calificaciones de Nivel II e III: en los últimos 10 años, 3 años de experiencia laboral con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, que equivalen a 250 días de cotización.

También se puede presentar el original o una fotocopia compulsada del contrato de trabajo (siempre que la categoría laboral coincida con las tareas desarrolladas), pero es preferible entregar el certificado de empresa mencionado, para que se identifique sin duda que se justifican las tareas relacionadas con la unidad o las unidades de competencia que se quieren acreditar.


(Omito los apartados que no corresponden)

C. Trabajadores autónomos o por cuenta propia


- Original o fotocopia compulsada del certificado dela Tesorería General de la Seguridad Social (informe de vida laboral) o del Instituto Social de la Marina de los periodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente, y
- Original o fotocopia compulsada de una declaración que contenga al menos el nombre, los apellidos, el NIF, la firma, una descripción de la actividad que se ha ejercido relacionada con la competencia o las competencias que se quieren acreditar y el intervalo de tiempo en que se ha llevado a término. 

El tiempo trabajado que se requiere varía según los niveles de las calificaciones:
En caso de unidades de competencia correspondientes a calificaciones de Nivel I: 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total, que equivalen a 150 días de cotización.

En caso de unidades de competencia correspondientes a calificaciones de Nivel II e III: en los últimos 10 años, 3 años de experiencia laboral con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, que equivalen a 250 días de cotización.

E. Personas que han cursado formación no formal


- Original o fotocopia compulsada de los certificados o diplomas de formación no formal donde consten las horas de formación, los contenidos y el periodo de la formación. Las horas de formación que se requieren varían según los niveles de las calificaciones:
En caso de unidades de competencia correspondientes a calificaciones de Nivel I: al menos 200 horas de formación no formal acumulada.

En caso de unidades de competencia correspondientes a calificaciones de Nivel II e II: al menos 300 horas de formación no formal acumulada, realizada en los últimos 10 años transcurridos antes de realizar la convocatoria.
 F. Personas que no pueden justificar la experiencia laboral y formativa mediante la documentación

Las personas que, a pesar de reunir los requisitos de experiencia laboral y formativa y tener más de 25 años, no puedan acreditarla mediante la documentación detallada en los apartados anteriores, pueden presentar cualquier prueba admitida en derecho de la experiencia laboral o de la formación no formal.

Estas pruebas se someten a la consideración correspondiente con el fin de valorar la conveniencia o no de admitirlas al proceso de acreditación.

Requisitos


Las personas que quieren participar en la acreditación deben cumplir, al finalizar el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

Tener la nacionalidad española o uno de los documentos siguientes:
- certificado de registro de ciudadanía comunitaria,
- tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea,
- autorización de residencia o de residencia y trabajo en España en vigor.

Tener 18 años cumplidos, para unidades de competencia correspondientes a calificaciones de nivel I, y 20 para los niveles II e III.

Tener experiencia laboral (como trabajador asalariado, autónomo, voluntario o becario) o haber hecho formación relacionada con las competencias profesionales de los ámbitos de calificación que se quieren acreditar.

En caso de unidades de competencia correspondientes a calificaciones de nivel I se requieren:
2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total (equivalen a 150 días de cotización).
Al menos 200 horas de formación.
En caso de unidades de competencia correspondientes a calificaciones de nivel II e III se requieren tener, en los últimos 10 años:
3 años de experiencia laboral con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total (equivalen a 250 días de cotización).
Al menos 300 horas de formación.


Tasas


Precios públicos

Inscripción a la fase de asesoramiento: 26,00 euros (por todo el ámbito de calificación)
Inscripción a la fase de evaluación: 13,00 euros (por unidad de competencia).

Pueden pedir la bonificación del 50% del precio público,
-          - los miembros de familias numerosas de categoría general,
-          - los miembros de familias monoparentales y
-         -  las personas que se encuentran en situación legal de desocupación.

Pueden pedir la exención del precio público,
-          - las personas con un grado mínimo de minusvalía del 33%,
-         -  los miembros de familias numerosas de categoría especial,
-          - las víctimas de actos terroristas (y sus cónyuges y sus hijos),
-          - las personas sometidas a medidas privativas de libertad y
-          - los sujetos pasivos en situación de desempleo demandantes de ocupación que no perciben ninguna prestación económica.
-           
Las condiciones que dan derecho a estas exenciones y bonificaciones se tienen que cumplir en la fecha de la inscripción al servicio.

Las personas que alegan el derecho a la bonificación o la exención del precio público tienen que presentar la documentación oficial que lo acredita.


Otras informaciones


Puntos de información y orientación:


Convalidación y exención de módulos


La obtención de un certificado de acreditación de competencias permite:

La convalidación de los módulos profesionales asociados a las unidades de competencia acreditadas (UC), según la normativa vigente, que se establece en cada uno de los títulos de formación profesional.
La exención de los módulos formativos asociados a las unidades de competencia acreditadas (UC), según la normativa vigente, que se establece en cada uno de los certificados de profesionalidad.


En el caso de los ciclos de la formación profesional (FP), para obtener la convalidación de las UC el alumno tiene que estar matriculado, totalmente o parcial, al ciclo asociado (únicamente ciclos LOE).

Biocidas:

Servicios para el control de plagas        
No hay ningún título de formación profesional
Certificado de profesionalidad de servicios para control de plagas

Gestión de servicios para el control de organismos nocivos    
No hay ningún título de formación profesional

Certificado de profesionalidad de gestión de servicios para el control de organismos nocivos





Para obtener la Vida Laboral de la Tesorería de la Seguridad Social por internet para un ciudadano:

Por mi parte recomiendo a aquellos aspirantes que hayan trabajado en una empresa que figure el nombre de su titular (nombre y apellidos) que pida un certificado o una carta que indique que ese titular desarrolla o desarrolló su actividad en Control de Plagas. Algunos nombres son suficientemente conocidos en el sector, pero no todos. A veces una tarjeta de visita u otro impreso, donde figure ese titular y sus actividades, puede ser suficiente.

Para el día que presente la preinscripción, siempre que no lleve las fotocopias compulsadas por el organismo competente, tendrá que llevar los originales. Pues no es la primera vez que he visto llevar un título de licenciado u otro título académico enmarcado en un cuadro.

También es recomendable especialmente, pues en las convocatorias anteriores el plazo máximo de la preinscripción han sido quince días, disponer de los certificados escolares de ESO, Bachillerato, pues algunos aspirantes aún no los han retirado de los centros de enseñanza. Los títulos de Formación Profesional o Universitarios ya están en poder del alumno.

Además hay que recopilar todos los certificados de los cursos realizados por el aspirante sobre Riesgos Laborales RRLL, Legionella, Tratamientos en madera TP8, Tóxicos, muy tóxicos y CMR's, Normas UNE, ISO, IFS/BRC, plagas de productos almacenados, y otros. Así como todos los carnets profesionales en vigor (carnet de aplicador de tratamientos DDD básico y/o cualificado, manipulador de productos fitosanitarios básico y/o cualificado,productos tóxicos y muy tóxicos -Agricultura-, otros).

Mientras esté abierta la preinscripción, se puede descargar el impreso que hay que cumplimentar.

En lo posible presentar la documentación en las oficinas provinciales del Departament d'Ensenyament de GenCat, pues los expedientes presentados en otros lugares posibles, pueden demorar su entrega al centro de Acreditación y retrasar los trámites correspondientes.


martes, 10 de enero de 2017

TRATAMIENTOS AGROQUÍMICOS Y BIOLÓGICOS en la familia profesional Agraria

Del catálogo nacional de cualificaciones profesionales podemos buscar que certificados profesionales de la familia profesional Agraria están relacionados con el Control de Plagas.

Aunque este blog está más centrado en la sanidad ambiental, en ocasiones ciertas plagas de la sanidad vegetal afectan al mundo urbano, por lo que también es de nuestro interés.

TRATAMIENTOS AGROQUÍMICOS Y BIOLÓGICOS
Familia Profesional: Agraria
Nivel 2
Código: AGA001_2
Situación: RD 295/2004

Competencia general:
Aplicar los métodos de control fitosanitario, control de hierbas y corrección de carencias, previa valoración del estado de las plantas, suelo, locales e instalaciones, utilizando los equipos adecuados, y conforme las normas y especificaciones técnicas establecidas en cuanto a seguridad, calidad, protección medioambiental y eficacia del proceso.
Unidades de competencia:
UC0001_2: Valorar el estado sanitario de plantas, suelos e instalaciones
UC0003_2: Aplicar productos agroquímicos y biológicos
UC0002_2: Determinar los métodos de control sanitario

Si consultamos el correspondiente web del ICQP de Cataluña (el texto está escrito en catalán, pudiéndose traducir con el traductor). 

Para acceder a más detalles enlazar:

Família professional:                      AR - Agrària
Àrea professional:                          ARU - Agricultura
Qualificació professional:             Operacions amb productes per a tractaments agroquímics biològics                                  
Nivell:   2

Unitats de competència associades
Assistir al tècnic o responsable en la valoració de l'estat fitosanitari.      2 (nivel)                                            
Preparar i mantenir les màquines, les eines i els equips de protecció personal.                2                                          
Aplicar productes agroquímics i fitosanitaris.     2                                          
Preparar i mantenir màquines, eines, i equips de protecció personal per a l'aplicació de productes fitosanitaris que són o generen gasos classificats com a tòxics i/o molt tòxics.  2                                          
Aplicar els productes fitosanitaris que són o generen gasos classificats com a tòxics i/o molt tòxics.       2                                           
Realitzar el control d'entrada de productes, emmagatzemar-los i adoptar les mesures de prevenció de riscos laborals.                2                                          
Lliurar els productes fitosanitaris als clients.       2

Mòduls formatius
Assistència al tècnic o responsable en la valoració de l'estat fitosanitari.                       2                                 
Preparació i manteniment de les màquines, de les eines i dels equips de protecció personal. 2              
Aplicació de productes agroquímics i fitosanitaris.           2                                          
Preparació i manteniment de les màquines, de les eines i dels equips de protecció personal específics per productes fitosanitaris que són o generen gasos, classificats com a tòxics i/o molt tòxics. 2                                           
Aplicació dels productes fitosanitaris que són o generen gasos classificats com a tòxics i/o molt tòxics.                2                                           
Control d'entrada de productes fitosanitaris i emmagatzematge.           2                                          
Venda de productes fitosanitaris i agroquímics.                               2

jueves, 31 de marzo de 2016

Encuesta para conocer el número de aspirantes pendientes, para inscribirse en la Acreditación de su capacitación profesional.

Acabo de recibir una carta informativa de la Secretaria de Salud Pública del Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya.

Trascribo los párrafos de mayor interés:

La normativa (se refiere al Real Decreto 830/2010) establece que el personal que aplica biocidas de los tipos de productos 2, 3. 4, 14, 18 y 19 pueden acreditar la capacitación a través de un certificado de profesionalidad que acredite la cualificación personal de Servicios para el control de plagas (nivel 2) y el personal que hace las funciones de responsable técnico puede acreditar la capacitación a través de un certificado de profesionalidad que acredite la capacitación profesional de Gestión de servicios para el control de organismos nocivos (nivel 3).



En relación con estas convocatorias, es de interés por parte de la administración competente al respecto, conocer el número de personas que tienen interés en participar en futuros procedimientos de acreditación. Es por esto que os pido que nos informéis, si en vuestra empresa hay personas interesadas en participar en los procesos de acreditación (tanto del nivel 2 como del nivel 3). En caso afirmativo, os agradecería que me hicierais llegar los datos siguientes de cada una de las personas interesadas: nombre y apellidos, DNI, dirección de correo electrónico y el nivel en que quieren participar (nivel 2 y/o 3). Estos datos los podéis incorporar en el formulario que encontraréis en el siguiente enlace:  mailto:http://www.gencat.cat/salut/form/biocides/  que estará operativo hasta el 30 de abril de 2016.

Sin embargo, os comunicamos que este envío de datos es solo de carácter informativo, y no presupone estar inscrito en estos procedimientos. Os recuerdo que la preinscripción a los procedimientos de acreditación se tiene que hacer en las condiciones y plazos que establece cada convocatoria específica. Podréis encontrar información de los procedimientos y las convocatorias de acreditación en la web  mailto:http://acreditat.gencat.cat/es/

En el caso de dudas respecto al contenido de la presente carta, ponerse en contacto con el Servei de Salut Ambiental de la Subdirecció General de Protecció de la Salut del Departament de Salut (Servicio de Salud Ambiental de la Subdirección General de Protección de la Salud del Departamento de Salud) al teléfono 93 551 39 00.

Con fecha, 18 de marzo de 2016


Considero, por mi parte,  de interés para otros aspirantes procedentes del resto de España que deseen inscribirse al procedimiento de Acreditación en Cataluña.

Como ya he dicho anteriormente, he participado en la tercera convocatoria y me he encontrado aspirantes del resto de España que han preferido inscribirse en el procedimiento en Cataluña, incluso a pesar del idioma, por considerar nuestra mayor experiencia, ya que su empresa se dedicaba a tratamientos poco habituales, como fumigación de contenedores en puerto, fumigación de silos o de productos almacenados, mantenimiento de instalaciones con riesgo higiénico sanitario frente a Legionella y otros casos. Estas empresa preferían venir a Cataluña que a otra comunidad autónoma más cercana, pero que sería ésta su primera convocatoria.

Supongo también que esta encuesta la podrán efectuar otras comunidades autonómicas, para conocer el número de aspirantes posibles en su comunidad que deseen inscribirse en el procedimiento.

domingo, 20 de marzo de 2016

Acreditación de competencias. Validez de carnets.

Acreditación de competencias




Después de ver todas las convocatorias de la familia profesional Seguridad y medio ambiente y los certificados de profesionalidad CP2 Servicios para el control de plagas y CP3 Gestor de servicios de control de organismos nocivos, he hecho este resumen:

Convocatorias 2016 (a 20/03/2016):
Andalucía (CP2 y CP3)
Canarias (CP2 y CP3)
Galicia (CP2 y CP3)
Murcia (CP2 y CP3) (esta convocatoria también aparece como de 2015)
País Vasco (CP2 y CP3)

Convocatorias 2015:
Aragón (CP2)
Canarias (CP2 y CP3)
Cantabria (CP3)
Castilla-León (CP2)
Cataluña (CP2 y CP3)
La Rioja (CP2)
Murcia (CP2 y CP3)
Navarra (CP2)
Valencia (CP3)



Convocatoria 2014:
Aragón (CP2)
Baleares (CP2 y CP3)
Galicia (CP2 y CP3)
Madrid (CP2)
Murcia (CP2 y CP3)
País Vasco (CP2 y CP3)

Convocatoria 2013:
Baleares (CP2)
Cataluña (CP2 y CP3)
Galicia (CP2)
País Vasco (CP2)

Convocatoria 2011:
Cataluña (CP2 y CP3)


En el pasado verano Anecpla publicó un estudio sobre las acreditaciones realizadas  mailto:http://www.anecpla.com/blog-anecpla-342#.Vu7ACeLhCM8 y el fin de la validez de los carnets de aplicador para el 15 de julio de este año, 2016.

En el Real Decreto 830/2010  mailto:https://www.boe.es/boe/dias/2010/07/14/pdfs/BOE-A-2010-11157.pdf  en la Disposición transitoria primera. Validez de los carnés actuales dice:
“3. Durante este periodo transitorio, se faculta a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla a adoptar las disposiciones que consideren oportunas para paliar los eventuales problemas que pudieran ocasionar en el mercado de trabajo, la carencia de los profesionales que son objeto de regulación en este real decreto, mediante alguna de las siguientes medidas de carácter excepcional:
a) Prorrogar la validez, por un periodo de tiempo determinado, de los actuales carnés más allá de la finalización del periodo transitorio.
b) Autorizar nuevas ediciones de cursos.”


Validez de los carnets de biocidas


Corre el rumor que en CISNS (Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud) que está integrado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad junto con los Directores Generales de Salud Pública de las diferentes Comunidades Autonómicas españolas han tomado la decisión de ampliar en cuatro años la moratoria al período transitorio que marca el Real Decreto 830/2010 sobre la validez de los carnets de biocidas. Este rumor no aparece escrito de momento, pero me ha llegado de viva voz por varias procedencias.

Esta moratoria no será efectiva hasta que se publique en los diarios oficiales de las diferentes comunidades autonómicas, pues como hemos leído antes en el texto del RD “se faculta a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla a adoptar las disposiciones que consideren oportunas”.

Tendremos que esperar antes de este mes de julio para leer esta moratoria y aliviar la presión de todos aquellos profesionales que disponiendo de la suficiente experiencia profesional, aún no han tenido tiempo y/o oportunidad para preinscribirse en el procedimiento.



Como habilitado en el ICQP solo he participado en esta última, creo la tercera, Acreditación en Cataluña. Nos hemos encontrado todo tipo de incidencias, aspirantes que han sufrido accidentes u operaciones, aspirantes embarazadas o con sus hijos de semanas, responsables técnicos de pequeñas empresas o de empresas de Legionella que veían peligrar su actividad, ...

En la segunda convocatoria, a la cual me presenté para conseguir el Certificado de Profesionalidad de Gestor de servicios para el control de organismos nocivos solo tuvo una semana de preinscripción dentro de la segunda quincena del mes de julio de 2013, por lo que muchos compañeros no pudieron inscribirse por encontrarse de vacaciones.


 Aprovechando que me encuentro en búsqueda de empleo y, como no me enteré a tiempo de la primera acreditación que empezó su inscripción a finales de noviembre de 2011, me apunté al curso de nivel 2 de Servicios de control de plagas en el CIFO de Santa Coloma, centro de referencia de cursos sobre control de plagas en Cataluña, donde obtuve el correspondiente Certificado de Profesionalidad. Además tuve la oportunidad de tener como profesor a Amador Barambio  mailto:https://www.facebook.com/amadorbarambioAMBIHELP, uno de los mejores profesores y profesional del sector, así como Carles Casas y otras formadores de la empresa Sistemas Medioambientales mailto:http://www.sistemasmedioambientales.com/


miércoles, 2 de marzo de 2016

Convocatorias Certificados profesionalidad por Comunidades en 2015 y 2016

Buscando información sobre las Convocatorias de los Certificados de Profesionalidad me he encontrado esta interesante página  http://www.euroinnova.edu.es/convocatorias-certificados-profesionalidad  que nos muestra las convocatorias realizadas por las diferentes comiunidades autónomas españolas.



Muestra el interés de unas y el olvido de otras, si bien para mayor justicia se debería conocer las convocatorias del 2014, pues en el caso de Cataluña, que yo conozca, se han publicado ya tres convocatorias en los años 2011, 2013 y 2015 que por el gran número de aspirantes presentados en algunas se han tenido que hacer dos fases, terminando la convocatoria el año siguiente.

Por ejemplo, la convocatoria de 2015, cuya preinscripción fue del 27 de mayo al 12 de junio de 2015 al sobrepasar el número de preinscripciones previstas se han tenido que repartir entre dos fases, por lo que la segunda fase aún está en marcha.

Al final de esta entrada también figura un enlace para ver las convocatorias del 2016.

Ante la gran demanda de aspirantes pendientes de presentarse a la acreditación, pues en un estudio presentado por ANECPLA el pasado verano, en Cataluña se ha había presentado al Acreditat solo una tercera parte del personal del sector:  http://www.anecpla.com/blog-anecpla-342#.VtbXLfnhCM8

Como la experiencia mínima exigida eran tres años tiempo que cumple gran parte del personal del sector. Parte de esta experiencia se puede compensar por una mayor formación.

Como indica la página del Acredita't en Cataluña  http://acreditat.gencat.cat/ca/requisits-participacio/

"En el caso de la experiencia laboral, hay que justificar como mínimo 2.000 horas o 250 días trabajados a jornada llena, durante los últimos 10 años, al menos durante un periodo mínimo de 3 años. En el caso de la formación, hay que justificar al menos 300 horas, en los últimos 10 años."

Por ello los que disponen del título de Técnico superior en Salud Ambiental con 2.000 horas, también pueden optar siempre que tengan experiencia laboral en el sector de control de plagas, aunque no lleguen al tiempo exigido.


Convocatorias ya publicadas en 2016http://www.todofp.es/todofp/acreditacion-de-competencias/convocatorias.html



Otros enlaces de interés:

http://www.todofp.es/dctm/todofp/acreditacion-de-competencias/00-definitivo-acreditacion.pdf?documentId=0901e72b80271ca2

http://www.educacion.gob.es/educa/incual/pdf/2/dossier_acreditat.pdf

http://boe.es/boe/dias/2009/08/25/pdfs/BOE-A-2009-13780.pdf

http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/08/pdfs/BOE-A-2011-19241.pdf

https://sede.sepe.gob.es/es/portaltrabaja/resources/pdf/normativaCertificados/RD624_2013.pdf

http://ivac-eei.eus/upload/cc/documentos/29/sea_cua_for_aso_c.pdf

http://www.ceice.gva.es/eva/docs/ivqp/cuadros_comparativos_fam_prof/es/SEA.pdf


 

martes, 23 de febrero de 2016

Es suficiente el certificado de profesionalidad para aplicar el TP8?

Ante la duda extendida en el sector que para trabajar con el tipo de biocidas TP8 es suficiente disponer del correspondiente certificado de profesionalidad, leyendo el RD 830/2010 nos dice que además hay que disponer de la formación indicada en los Anexos I y II de ese Real Decreto.

Madera apilada



Para ello he realizado un resumen, donde se considera las indicaciones relativas al TP8.

11157 Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas.
…/…
b) Grupo principal 2: Conservantes.
1.º Tipo de producto 8 (TP8): Protectores para maderas: Productos empleados para la protección de la madera, desde la fase del aserradero inclusive, o los productos derivados de la madera, mediante el control de los organismos que destruyen o alteran la madera.

c) Grupo principal 3: Plaguicidas.
…/…
2.º Tipo de producto 18 (TP18): Insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos: Productos empleados para el control de los artrópodos (insectos, arácnidos, crustáceos, etc.).

Artículo 2. Definiciones.
A los efectos de este real decreto se entiende por:
a) Aplicador de tratamiento biocida: persona que lleva a cabo la aplicación de productos biocidas.
b) Responsable técnico: persona responsable del diagnóstico de situación, de la planificación, realización y evaluación de los tratamientos, así como de supervisar los posibles riesgos de los mismos y definir las medidas necesarias a adoptar de protección personal y del medio. Asimismo, será responsable de definir las condiciones en las que se deberá realizar la aplicación, y de firmar el certificado del servicio realizado.
c) Biocidas que son o generan gases: productos biocidas según se definen en el Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, que están constituidos por gases comprimidos o licuados, o bien sólidos o líquidos que en el momento de la aplicación se transforman en productos gaseosos. Se excluyen de esta definición los líquidos volátiles.
…/…
e) Biocidas de uso por personal especializado: productos autorizados para este uso en la Resolución de Inscripción en el Registro Oficial de Biocidas.
f) Biocidas de uso por personal profesional: productos autorizados para este uso en la Resolución de Inscripción en el Registro Oficial de Biocidas, para su uso en el ámbito laboral. El personal que aplica estos productos tiene algunos conocimientos y habilidades en el manejo de los productos químicos, y es capaz de utilizar correctamente los equiposde protección individual (EPI) en caso necesario.



Artículo 3. Capacitación.
1. Estarán capacitadas para realizar actividades laborales relacionadas con la aplicación de biocidas aquellas personas que acrediten haber superado una formación en dicho ámbito, según se establece en el artículo 4.
2. Para los productos para el tratamiento de maderas (TP8), la formación de referencia para la capacitación será la establecida en el anexo I de este real decreto. Para este tipo de producto se distinguen los siguientes niveles de formación:
a) Formación para aplicadores: dirigido al personal que lleva a cabo los tratamientos en los que se utilicen biocidas que no estén clasificados como muy tóxicos, ni sean o generen gases.
b) Formación para responsables técnicos: el personal que cumple esta función, en aquellos tratamientos de madera en los que se aplican biocidas, deberá poseer la formación establecida en el artículo 5.1.
3. Quienes hayan superado previamente las pruebas de los niveles de formación para aplicadores para el uso de los biocidas TP8 (anexo I), podrán seguir los programas que se especifican en el anexo II de este real decreto, para adquirir los niveles especiales referidos en el mismo.
Este tipo de niveles especiales se dirige al personal que participa en la aplicación de cada uno de los biocidas que sean o generen gases, teniendo en cuenta su modalidad de aplicación, o bien que, no siendo ni generando gases, estén clasificados como muy tóxicos.
En el contenido de dicha formación se deberá tener en cuenta la legislación vigente sobre riesgos laborales.

Capacitación:
a) Para los TP 2, 3, 4, 11, 14, 18 y 19:
Por la posesión de un título de formación profesional, curso de especialización de formación profesional …  o de un certificado de profesionalidad que acrediten las unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional Servicios para el control de plagas (nivel2) , cuando se trate de personal que aplica biocidas de los tipos 2, 3, 4, 14, 18 y 19 (salvo los TP2 utilizados en el control de legionella (clave 100 del Registro Oficial de Biocidas).
…/…
b) Para los TP8:
Por la posesión de un certificado de aprovechamiento emitido por una entidad que dedique su actividad a la impartición de la formación referida en el anexo I, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.

Artículo 5. Responsable técnico de servicios biocidas.
1. Los servicios biocidas que realicen tratamientos a terceros, con carácter corporativo o en instalaciones fijas, deberán designar un responsable técnico. La capacitación para ejercer la responsabilidad técnica en este caso, se considerará acreditada con la posesión del certificado de profesionalidad, títulos de formación profesional o curso de especialización de formación profesional a los que se refiere el artículo 4 apartado 1.a), que acrediten las unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional: Gestión de servicios para el control de organismos nocivos (nivel3), para las empresas dedicadas a tratamientos con biocidas de los tipos 2, 3, 4, 11, 14, 18 y 19, o bien con el nivel de formación de responsables del anexo I, más los niveles especiales del anexo II, siendo ambos obligatorios, para biocidas del TP 8.
…/…
Validez de los carnés actuales.
En el ámbito de los biocidas de los tipos 2, 3, 4, 14, 18 y 19, se concede un plazo de 6 años durante los cuales se prorrogará la validez de los carnés, niveles básico y cualificado hasta el momento homologados para uso ambiental y en la industria alimentaria a contar desde el día siguiente de la publicación de este real decreto.

Por tanto, si se publicó este Real Decreto en 2010 el 14 de julio de 2010, la validez de los carnés caduca en 16 de julio de 2016.

Para continuar ejerciendo su actividad una vez finalizado este periodo transitorio, los trabajadores que actualmente cuentan con los carnés básico o cualificado de control de plagas: Ver puntos 2 y 3 en el enlace inicial.

ANEXO I
Programa de los cursos para biocidas tipo 8
(Protectores de la madera: productos empleados para la protección de la madera o derivados de la madera, desde la fase del aserradero)
Para conocer el temario de estos cursos consultar dicho Anexo I.

ANEXO II
Programas de los cursos de niveles especiales
Nivel especial para tratamiento con productos muy tóxicos (T+) y carcinógenos, mutágenos y tóxicos para la reproducción (CMRs).

Esto supone que todo el personal de la empresas autorizadas para utilizar TP8 Protectores para la madera y contra xilófagos que aparecen en el ROESB además de poseer el certificado de Profesionalidad o las unidades de competencia correspondientes por formación o acreditación por su experiencia laboral, habrán realizado el curso de TP8 del nivel correspondiente, básico para el aplicador, cualificado para los Responsables Técnicos de la empresa, así como los cursos referentes al ANEXO II para este último, el Responsable Técnico.



Los Certificados de Profesionalidad y las Unidades de Competencias correspondientes son:

SEA/SM_028_2                Servicios para el control de plagas: http://www.educacion.gob.es/educa/incual/pdf/Actualizacion_CNCP/Cualis/SEA028_2.pdf
0075_2:  Adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo.
0078_2: Preparara y transportar medios y productos para el control de plagas
0079_2: Aplicar medios y productos para el control de plagas

SEA/SM_251_3                Gestión de servicios para el control de organismos nocivos: http://www.educacion.gob.es/educa/incual/pdf/BDC/SEA251_3.pdf
0799_3: Realizar la gestión documental de los procesos de control de organismos nocivos.
0800_3: Establecer el plan de control de organismos nocivos  adecuado a la situación de partida y supervisar su ejecución.
0801_3: Organizar el almacenamiento y transporte de biocidas, productos fitosanitarios y medios necesarios para su aplicación.
0802_3: Adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales y ambientales en la prestación de servicios de control de organismos nocivos.


“Los productos de protección de la madera, incorporados al ámbito de aplicación de la legislación de biocidas, se incluyen también en el ámbito de este real decreto, aunque en este caso se hace necesario el establecimiento de un temario específico, en tanto se desarrolle una cualificación profesional específica.”

“Por último, al artículo 8 del mencionado real decreto, establece que en el caso de los cursos de formación para el tratamiento de madera (TP8) o para realizar tratamientos con productos muy tóxicos o gases, de acuerdo con lo dispuesto en los anexos I y II respectivamente, las entidades que impartan cursos de formación expedirán, tras la realización de las pruebas de evaluación correspondientes, un certificado de aprovechamiento del mismo, para cada uno de los alumnos inscritos que hayan superado dichas pruebas, y que estos certificados expedidos en cualquier comunidad autónoma o en las ciudades de Ceuta y Melilla, tendrán validez en todo el Estado.”

Los enlaces disponibles desde esta página web son:

Otra información disponible:



Análogamente a lo indicado para el TP8-Protección para la madera, lo mismo ocurre con el Mantenimiento de instalaciones con riesgo higiénicosantario contra Legionela, donde además de disponer del certificado de profesionalidad correspondiente hay que poseer el certificado y su renovación, cuando lo marque la administración.

sábado, 21 de noviembre de 2015

Certificado de Profesionalidad en el sector de control de plagas

Datos tomados de la página web del INCUAL: Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales por Familia Profesional:  http://www.mecd.gob.es/educa/incual/ice_CualCatalogo.html


Cualificación Profesional:
Servicios para el control de plagas
Familia Profesional: Seguridad y Medio Ambiente
Nivel: 2
Código: SEA028_2

Unidades de competencia
UC0078_2: Preparar y transportar medios y productos para el control de plagas
UC0079_2: Aplicar medios y productos para el control de plagas
UC0075_2: Adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo


Cualificación profesional: 
Gestión de servicios para el control de organismos nocivos
Familia Profesional:  Seguridad y Medio Ambiente
Nivel: 3
Código: SEA251_3

Unidades de competencia:
UC0800_3: Establecer el plan de control de organismos nocivos adecuado a la situación de partida y supervisar su ejecución.
UC0799_3: Realizar la gestión documental de los procesos de control de organismos nocivos.
UC0801_3: Organizar el almacenamiento y transporte de biocidas, productos fitosanitarios y medios necesarios para su aplicación.
UC0802_3: Adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales y ambientales en la prestación de servicios de control de organismos nocivos.

Vías para obtener estos Certificados de Profesionalidad:

·      *   Formación Profesional: Seguridad y Medio Ambiente. Educación y Gestión Ambiental: http://queestudiar.gencat.cat/es/estudis/formacio_professional/cicles_per_families/seguretat_medi_ambient/?p_id=1878&estudi


·       *  Certificados de Profesionalidad impartidos en el CIFO. En Cataluña el centro de referencia es el CIFO de Santa Coloma de Gramenet https://app.box.com/s/0ehw0le1togm98hxis1nc35iy05nwh3p
SEA028_2: 370 horas
SEA251_3: 510 horas
La formación en el CIFO es para desocupados y otros colectivos de riesgo, pero también está abierto a trabajadores que quieran ampliar conocimientos para mejorar su situación laboral.



·      *   Mediante el programa Acredita’t  http://acreditat.gencat.cat/ca/.  Este programa se puede acceder desde cualquiera de las comunidades autónomas españolas. Cataluña fue la primera comunidad autónoma en hacer una convocatoria sobre Control de plagas, inscripción entre el 8 y 17 de noviembre de 2011.


Requisitos de participación
Para participar en la acreditación, los candidatos tienen que cumplir, al acabar el plazo de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes:
1. Tener la nacionalidad española o uno de los documentos siguientes:
- certificado de registro de ciudadanía comunitaria,
- tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea,
- autorización de residencia o de residencia y trabajo en España.
2. Tener 20 años cumplidos antes del 12 de junio de 2015 (para la 3ª Convocatoria para Servicios de control de plagas y Gestión para el control de organismos nocivos con preinscripción entre el 27 de mayo y 10 de junio del 2015).
3. Tener experiencia laboral o haber hecho formación:
- La experiencia laboral, como trabajador asalariado, autónomo, voluntario o becario y la formación tienen que estar relacionadas con las competencias profesionales de los ámbitos de calificación que se quieren acreditar.
- En el caso de la experiencia laboral, hay que justificar como mínimo 2.000 horas o 250 días trabajados a jornada llena, durante los últimos 10 años, al menos durante un periodo mínimo de 3 años. En el caso de la formación, hay que justificar al menos 300 horas, en los últimos 10 años.


Para poder aplicar, aplicador,  se tiene que disponer del Certificado de Profesionalidad SEA028_2 Servicios para el control de plagas, obtenido por formación o por Acredita’t.

Por el programa Acredita’t los aspirantes que trabajan como Responsables Técnicos o ejercen sus funciones, por haber trabajado anteriormente como aplicador, se han podido presentar a la acreditación de ambos niveles (2 y 3) ó certificados de profesionalidad (Servicios para el Servicio de control de plagas y Gestor de control de organismos nocivos). Solo en ese caso por ser el trabajador merecedor de ambos certificados podrá ejercer como aplicador y como gestor.

Por lo que se ha mencionado en la anterior entrada a este blog aquellos trabajadores poseedores solo del certificado de nivel 3 Gestor de control de organismos nocivos no podrán ejercer como aplicador.

Desde finales del pasado año soy habilitado por el ICQP (Instituto Catalán de Cualificaciones Profesionales) para hacer de Asesor y Evaluación en el proceso de acompañamiento del aspirante en el programa Acredita’t, tanto en Cataluña como en otras comunidades autónomas relacionadas con el INCUAL (Instituto Nacional de Cualificaciones).






Acreditación de competencias entre 2009 y 2016: