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miércoles, 20 de marzo de 2019

Nuevo plazo de preinscripción para la Acreditación en el sector de Control de plagas

Existe un nuevo plazo de preinscripción para la Acreditación en el sector de Control de plagas que finaliza el próximo 24 de marzo del 2019. Ofrece un total de 100 plazas.



Para una información más detallada, ver: http://acreditat.gencat.cat/ca/biocides-emergencies-neteja-teleoperadors-llengues/

Atención, pues en esta cuarta convocatoria del 2019 se han producido una serie de modificaciones:

La preinscripción se hace telemáticamente.
http://acreditat.gencat.cat/ca/biocides-emergencies-neteja-teleoperadors-llengues/participacio/

Una vez aceptada la solicitud se indica donde tienen que presentar la documentación.

Posiblemente, pues desconozco los centros aceptados para presentar la documentación, pueden ser diferentes a los centros en donde se presentó la documentación en anteriores convocatorias, pues en años anteriores el Departamento de Educación (Ensenyament) era el encargado de su gestión.

Inicialmente decía que:

En esta ocasión la gestión la realiza el Consorcio de Formación Contínua de Cataluña, sito en la calle Llull, 297 08019 Barcelona. Tel.: 935 53 63 64
https://conforcat.gencat.cat/ca/inici

El Consorci se hace responsable de la convocatoria con preinscripción a finales de diciembre 2018 y principios del 2019.


Pero esta nueva convocatoria con 100 plazas se hace cargo el Departamento de Ensenyament de la Generalitat de Cataluña, por lo que las consultas deben dirigirse a él. teléfono 934 00 69 00.




En esta ocasión se incluyen plazas del nivel 2, aplicador, para el Servicio para el control de plagas.
SM_2-028_2Servei per al control de plaguesSEAG0110Servei per al Control de Plagues100
SM_2-251_3Gestió de serveis per al control d'organismes nociusSEAG031Gestió de Serveis per al Control d'Organismes Nocius

sábado, 21 de noviembre de 2015

Certificado de Profesionalidad en el sector de control de plagas

Datos tomados de la página web del INCUAL: Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales por Familia Profesional:  http://www.mecd.gob.es/educa/incual/ice_CualCatalogo.html


Cualificación Profesional:
Servicios para el control de plagas
Familia Profesional: Seguridad y Medio Ambiente
Nivel: 2
Código: SEA028_2

Unidades de competencia
UC0078_2: Preparar y transportar medios y productos para el control de plagas
UC0079_2: Aplicar medios y productos para el control de plagas
UC0075_2: Adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo


Cualificación profesional: 
Gestión de servicios para el control de organismos nocivos
Familia Profesional:  Seguridad y Medio Ambiente
Nivel: 3
Código: SEA251_3

Unidades de competencia:
UC0800_3: Establecer el plan de control de organismos nocivos adecuado a la situación de partida y supervisar su ejecución.
UC0799_3: Realizar la gestión documental de los procesos de control de organismos nocivos.
UC0801_3: Organizar el almacenamiento y transporte de biocidas, productos fitosanitarios y medios necesarios para su aplicación.
UC0802_3: Adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales y ambientales en la prestación de servicios de control de organismos nocivos.

Vías para obtener estos Certificados de Profesionalidad:

·      *   Formación Profesional: Seguridad y Medio Ambiente. Educación y Gestión Ambiental: http://queestudiar.gencat.cat/es/estudis/formacio_professional/cicles_per_families/seguretat_medi_ambient/?p_id=1878&estudi


·       *  Certificados de Profesionalidad impartidos en el CIFO. En Cataluña el centro de referencia es el CIFO de Santa Coloma de Gramenet https://app.box.com/s/0ehw0le1togm98hxis1nc35iy05nwh3p
SEA028_2: 370 horas
SEA251_3: 510 horas
La formación en el CIFO es para desocupados y otros colectivos de riesgo, pero también está abierto a trabajadores que quieran ampliar conocimientos para mejorar su situación laboral.



·      *   Mediante el programa Acredita’t  http://acreditat.gencat.cat/ca/.  Este programa se puede acceder desde cualquiera de las comunidades autónomas españolas. Cataluña fue la primera comunidad autónoma en hacer una convocatoria sobre Control de plagas, inscripción entre el 8 y 17 de noviembre de 2011.


Requisitos de participación
Para participar en la acreditación, los candidatos tienen que cumplir, al acabar el plazo de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes:
1. Tener la nacionalidad española o uno de los documentos siguientes:
- certificado de registro de ciudadanía comunitaria,
- tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea,
- autorización de residencia o de residencia y trabajo en España.
2. Tener 20 años cumplidos antes del 12 de junio de 2015 (para la 3ª Convocatoria para Servicios de control de plagas y Gestión para el control de organismos nocivos con preinscripción entre el 27 de mayo y 10 de junio del 2015).
3. Tener experiencia laboral o haber hecho formación:
- La experiencia laboral, como trabajador asalariado, autónomo, voluntario o becario y la formación tienen que estar relacionadas con las competencias profesionales de los ámbitos de calificación que se quieren acreditar.
- En el caso de la experiencia laboral, hay que justificar como mínimo 2.000 horas o 250 días trabajados a jornada llena, durante los últimos 10 años, al menos durante un periodo mínimo de 3 años. En el caso de la formación, hay que justificar al menos 300 horas, en los últimos 10 años.


Para poder aplicar, aplicador,  se tiene que disponer del Certificado de Profesionalidad SEA028_2 Servicios para el control de plagas, obtenido por formación o por Acredita’t.

Por el programa Acredita’t los aspirantes que trabajan como Responsables Técnicos o ejercen sus funciones, por haber trabajado anteriormente como aplicador, se han podido presentar a la acreditación de ambos niveles (2 y 3) ó certificados de profesionalidad (Servicios para el Servicio de control de plagas y Gestor de control de organismos nocivos). Solo en ese caso por ser el trabajador merecedor de ambos certificados podrá ejercer como aplicador y como gestor.

Por lo que se ha mencionado en la anterior entrada a este blog aquellos trabajadores poseedores solo del certificado de nivel 3 Gestor de control de organismos nocivos no podrán ejercer como aplicador.

Desde finales del pasado año soy habilitado por el ICQP (Instituto Catalán de Cualificaciones Profesionales) para hacer de Asesor y Evaluación en el proceso de acompañamiento del aspirante en el programa Acredita’t, tanto en Cataluña como en otras comunidades autónomas relacionadas con el INCUAL (Instituto Nacional de Cualificaciones).






Acreditación de competencias entre 2009 y 2016:


jueves, 19 de noviembre de 2015

El responsable técnico no está capacitado para aplicar productos biocidas

De acuerdo a la definición de las competencias profesionales del aplicador de biocidas y del responsable técnico, establecidas en el RD 830/2010, la aplicación de biocidas se considera una competencia de nivel 2 por lo que no entraría dentro del perfil profesional del responsable técnico. Asi lo expone el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL).


Ante la duda en las Comunidades Autónomas sobre si la figura del responsable técnico puede o no aplicar biocidas, el Ministerio de Sanidad ha solicitado al Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) una interpretación oficial de la capacitación de esta figura, según queda establecida en el RD 830/2010.

El INCUAL, tras examinar el texto que describe las competencias de las cualificaciones SEA251_3: Gestión de servicios para el control de organismos nocivos y SEA028_2: Servicios para el control de plagas, concluye:

Las competencias de cada una de las cualificaciones son distintas y las actividades especificadas para cada una de ellas responden a un nivel distinto de cualificación.
No existe transversalidad competencial entre las cualificaciones y las ocupaciones y puestos de trabajo relevantes que integran son específicos de cada perfil profesional.
Un nivel de cualificación superior no está en posesión de competencias de cualificaciones de un nivel inferior, aún en el caso de que respondan a un mismo itinerario profesional.
La aplicación de biocidas se considera una competencia de nivel 2.
La duda en la interpretación del RD 830/2010 ha quedado aclarada, con lo que queda un criterio unificado a nivel nacional sobre este tema.

La parte negativa de la cuestión es la reducción de funciones que podrá desarrollar el responsable técnico y una nueva incertidumbre: ¿a partir de cuando debe dejar de aplicar el responsable técnico, tendrá algun plazo para reestructurar su microempresa?

Fuente: Higiene Ambiental, publicado el jueves 5 de noviembre de 2015
http://www.higieneambiental.com/control-de-plagas/el-responsable-tecnico-no-esta-capacitado-para-aplicar-productos-biocidas

Para ver el contenido de la carta entrar en la fuente Higiene Ambiental y abrir el enlace final.